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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 30 de junio de 2014, la Junta General Universal de socios de "Clínica Padros Serrat, S.L.P," ha adoptado el acuerdo de escisión total de la sociedad mediante la división de su patrimonio en dos bloques que se transmitirán a dos Sociedades de nueva creación denominadas "Clínica Padros Serrat Muntaner, S.L.P." y "Clínica Padros Serrat Paral·lel, S.L.P.".
Los socios y acreedores de la Sociedad Escindida tienen derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de escisión, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.
Barcelona, 30 de junio de 2014.- Los Administradores de la escindida. Eduardo Padros Fradera. Ana María Serrat Caballería.
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