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Documento BORME-C-2013-12105

SOTOGRANDE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 183, páginas 14044 a 14052 (9 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-12105

TEXTO

Por el Consejo de Administración de esta Sociedad, se convoca a los señores accionistas a Junta General Extraordinaria, a celebrar en el Hotel NH Almenara, avenida Almenara, s/n, 11310 Sotogrande, término municipal de San Roque, Cádiz, a las doce horas el próximo día 28 de octubre de 2013 en primera convocatoria, y para el caso de que, por no haberse alcanzado el quórum legalmente necesario, dicha Junta no pudiera celebrarse en primera convocatoria, por el presente anuncio queda igualmente convocada en el mismo lugar y hora al día siguiente, en segunda convocatoria (siendo previsible que la Junta General Extraordinaria se celebre en primera convocatoria, es decir, el 28 de octubre de 2013 a las doce horas). A los efectos de los artículos 173 y 516 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica a todos los accionistas que el presente anuncio de convocatoria también será publicado, entre otros medios, en la página Web Corporativa de la Sociedad, cuya dirección es www.sotogrande.com (en adelante, la "Web Corporativa"). La Junta tiene por objeto deliberar y resolver sobre los asuntos comprendidos en el siguiente:

Orden del día

Primero.- Aprobación, en su caso, de la segregación del patrimonio de Sotogrande, S.A. afecto a la Actividad de Gestión de Aguas y a la Actividad de Conservación y Prestación de Servicios de La Marina de Sotogrande a favor de dos sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación (la "Segregación").

Segundo.- Delegación de facultades para el desarrollo, interpretación, subsanación y ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General.

PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Los accionistas que representen al menos el cinco por ciento del capital social podrán presentar, mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad (Club de Golf La Reserva, avenida La Reserva, s/nº, 11310 Sotogrande, San Roque, Cádiz), dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día de la Junta convocada, todo ello en los términos previstos en el artículo 519.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. DERECHO DE INFORMACIÓN 1.- Respecto del punto Primero del Orden del Día: De conformidad con lo establecido en el artículo 39, 40.2 y concordantes, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley de Modificaciones Estructurales"), están insertados en la Web Corporativa de la Sociedad, con posibilidad de descargarlos e imprimirlos, los documentos que se indican a continuación. Se hace constar que, a partir de la fecha de publicación del presente anuncio de convocatoria, los señores accionistas podrán también examinar tales documentos, junto con el texto íntegro de las correspondientes propuestas de acuerdos, en el domicilio social de la Sociedad (Club de Golf La Reserva, avenida La Reserva, s/nº, 11310 Sotogrande, San Roque, Cádiz), así como solicitar la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. - El Proyecto de Segregación; - Las cuentas anuales y los informes de gestión de la Sociedad de los ejercicios 2010, 2011 y 2012, así como los correspondientes informes de los auditores de cuentas de la Sociedad; - El balance de segregación acompañado del informe financiero semestral de la Sociedad cerrado a 30 de junio de 2013; - Los estatutos sociales vigentes de la Sociedad incorporados a escritura pública; - El proyecto de escritura de segregación y constitución de las dos sociedades beneficiarias; y - Documento en el que se identifican: (i) los administradores de la Sociedad, con indicación de la fecha desde la que desempeñan sus respectivos cargos y (ii) las personas que son propuestas como administradores de las sociedades beneficiarias. Los documentos anteriores en relación con la Segregación, a excepción del Proyecto de Segregación, llevan insertados en la Web Corporativa de la Sociedad desde el día 23 de septiembre de 2013. Por su parte, el Proyecto de Segregación fue insertado en la Web Corporativa, con posibilidad de ser descargado e imprimido, el día 2 de septiembre de 2013. 2.- Respecto de la documentación que se pone a disposición de los accionistas con carácter previo a la celebración la Junta General: - Texto íntegro del anuncio de la convocatoria. - El texto íntegro de las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración en relación con cada uno de los puntos del Orden del Día de la convocatoria para su sometimiento a la Junta. - Formularios que deberán utilizarse para el voto por representación y a distancia. - El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria. Los documentos citados serán accesibles por vía telemática, a través de la Web Corporativa de la Sociedad, donde la presente convocatoria se encuentra debidamente publicada. Asimismo, con carácter general y de conformidad con lo establecido en los artículos 197 y 520 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los señores accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que estimen pertinentes, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día o acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca de los informes del auditor de cuentas. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 539 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad ha habilitado en su Web Corporativa un Foro Electrónico del Accionista, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituirse. El contenido de las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas puede consultarse en la citada Web Corporativa de la Sociedad. MENCIONES MÍNIMAS DEL PROYECTO DE SEGREGACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.2 en relación con el artículo 31, por remisión del artículo 73, de la Ley de Modificaciones Estructurales, se incluyen a continuación las menciones mínimas del Proyecto de Segregación legalmente exigidas, cuyo contenido completo está disponible en la Web Corporativa de la Sociedad en los términos indicados a continuación: 1. DENOMINACIÓN, TIPO SOCIAL, DOMICILIO Y DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA SOCIEDAD SEGREGADA Y DE LAS SOCIEDADES BENEFICIARIAS 1.1 Sociedad Segregada (i) Denominación social: Sotogrande, S.A. (ii) Tipo social: Sociedad Anónima. (iii) Domicilio social: Club de Golf La Reserva, avenida La Reserva, s/nº, 11310 Sotogrande, San Roque (Cádiz). (iv) Datos de inscripción en el Registro Mercantil: Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz, en el tomo 129, folio 138 y hoja 573. (v) NIF: A- 28.110.666. 1.2 Sociedades Beneficiarias Las Sociedades Beneficiarias serán dos sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación, que serán constituidas por tiempo indefinido por parte de la Sociedad Segregada para recibir cada una de ellas el patrimonio segregado asociado a cada una de las unidades económicas transmitidas. Ambas sociedades serán sociedades unipersonales, ya que estarán íntegramente participadas por la Sociedad Segregada. A. Sociedad beneficiaria del patrimonio segregado asociado a la Actividad de Gestión de Aguas (i) Denominación social: Aguas del Valle del Guadiaro, S.L. Unipersonal. Esta denominación ha sido reservada con fecha de 20 de mayo de 2013 a favor de la Sociedad Segregada en atención a su condición de futuro socio único de la sociedad, habiéndose obtenido la certificación negativa de denominación social expedida por el Registro Mercantil Central. El 23 de agosto de 2013 se amplió el plazo de vigencia de la denominación social. (ii) Tipo social: Sociedad de Responsabilidad Limitada. (iii) Domicilio social: Edificio C del Puerto Deportivo Sotogrande, 11310 Sotogrande, San Roque (Cádiz). B. Sociedad beneficiaria del patrimonio segregado asociado a la Actividad de Conservación y Prestación de Servicios de La Marina de Sotogrande (i) Denominación social: Conservación de La Marina, S.L. Unipersonal. Esta denominación ha sido reservada con fecha de 30 de julio de 2013 a favor de la Sociedad Segregada en atención a su condición de futuro socio único de la sociedad, habiéndose obtenido la certificación negativa de denominación social expedida por el Registro Mercantil Central. (ii) Tipo social: Sociedad de Responsabilidad Limitada. (iii) Domicilio social: Edificio C del Puerto Deportivo Sotogrande, 11310 Sotogrande, San Roque (Cádiz). La constitución de las Sociedades Beneficiarias se completará mediante la inscripción de la escritura de segregación de la Sociedad Segregada y de constitución de las Sociedades Beneficiarias en el Registro Mercantil de Cádiz. 2. INFORMACIÓN SOBRE LA VALORACIÓN DEL ACTIVO Y PASIVO DEL PATRIMONIO SEGREGADO 2.1 Valoración del Patrimonio Segregado La valoración conjunta de los activos y pasivos comprendidos en el Patrimonio Segregado es la siguiente: • Total activo 6.706.676,08 euros. • Total pasivo 2.015.390,78 euros. En consecuencia, el valor neto patrimonial del Patrimonio Segregado, que es igual a la diferencia existente entre el activo y el pasivo, asciende a 4.691.285,30 euros. Los elementos del activo y pasivo que se transmiten a las Sociedades Beneficiarias se registrarán en el balance inicial de éstas por el valor que correspondería a los mismos, una vez realizada la Segregación, en las cuentas anuales consolidadas del grupo. 2.2 Valoración del activo y pasivo del Patrimonio de la Actividad de Gestión de Aguas En el anexo 4 del Proyecto se adjunta un balance proforma que refleja el valor de los activos y pasivos del Patrimonio de la Actividad de Gestión de Aguas que se transmitirán a la Sociedad Beneficiaria Aguas del Valle del Guadiaro, S.L. Unipersonal. Tal y como resulta del balance proforma, el activo de la Sociedad Beneficiaria Aguas del Valle del Guadiaro, S.L. Unipersonal tendría un valor de seis millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve euros y veintiséis céntimos de euro (6.354.439,35 €) y el pasivo un valor de un millón setecientos noventa y seis mil novecientos diecinueve euros y veintinueve céntimos de euro (1.796.919,29 €). El valor neto patrimonial, que es igual a la diferencia existente entre el activo y el pasivo aportado, asciende a cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil quinientos veinte euros y treinta y siete céntimos de euro (4.557.520,06 €). Por tanto, tal y como se indica en el apartado 6.2.A del Proyecto, el valor neto patrimonial es igual al importe total de la cifra de capital social y reserva por prima de asunción con la que se constituirá la Sociedad Beneficiaria Aguas del Valle del Guadiaro, S.L. Unipersonal. 2.3 Valoración del activo y pasivo del Patrimonio de la Actividad de Conservación y Prestación de Servicios de La Marina de Sotogrande En el anexo 5 del Proyecto se adjunta un balance proforma que refleja el valor de los activos y pasivos del Patrimonio de la Actividad de Conservación y Prestación de Servicios de La Marina de Sotogrande que se transmitirán a la Sociedad Beneficiaria Conservación de La Marina, S.L. Unipersonal. Tal y como resulta del balance proforma, el activo de la Sociedad Beneficiaria Conservación de La Marina, S.L. Unipersonal tendría un valor de trescientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y seis euros y setenta y tres céntimos de euro (352.236,73 €) y el pasivo un valor de doscientos dieciocho mil cuatrocientos setenta y un euros y cuarenta y nueve céntimos de euro (218.471,49 €). El valor neto patrimonial, que es igual a la diferencia existente entre el activo y el pasivo aportado, asciende a ciento treinta y tres mil setecientos sesenta y cinco euros y veinticuatro céntimos de euro (133.765,24 €). Por tanto, tal y como se indica en el apartado 6.2.B del Proyecto, el valor neto patrimonial es igual al importe total de la cifra de capital social y reserva por prima de asunción con la que se constituirá la Sociedad Beneficiaria Conservación de La Marina, S.L. Unipersonal. 3. INCIDENCIA DE LA SEGREGACIÓN SOBRE APORTACIONES DE INDUSTRIA O PRESTACIONES ACCESORIAS La Segregación no incide en este aspecto, ya que en la Sociedad Segregada no existen ni aportaciones de industria ni prestaciones accesorias que deban ser compensadas. 4. DERECHOS ESPECIALES No existen en la Sociedad Segregada acciones de clases especiales ni títulos de derechos especiales distintos de las acciones y, por tanto, no se establecerán como consecuencia de la Segregación derechos de este tipo en las Sociedades Beneficiarias ni opciones ni otros títulos de ningún tipo distintos de las participaciones sociales de las Sociedades Beneficiarias. Todas las participaciones sociales de las Sociedades Beneficiarias serán iguales y pertenecerán a un único socio, que será la Sociedad Segregada. 5. VENTAJAS ATRIBUIDAS A FAVOR DE LOS EXPERTOS INDEPENDIENTES Y ADMINISTRADORES La Segregación no está sujeta a la emisión de informe de experto independiente y, por tanto, no procede la mención a las ventajas especiales concedidas a los expertos independientes. No se atribuirán ventajas de ningún tipo a los administradores de la Sociedad Segregada ni de las Sociedades Beneficiarias. 6. FECHA A PARTIR DE LA CUAL LA SEGREGACIÓN TENDRÁ EFECTOS CONTABLES La Segregación tendrá efectos contables desde el 1 de enero de 2013. La fecha de efectos contables así determinada es conforme con el Plan General de Contabilidad. 7. ESTATUTOS DE LAS SOCIEDADES BENEFICIARIAS Se adjuntan como Anexo 6 del Proyecto el proyecto de los estatutos sociales que regirán a las Sociedades Beneficiarias y que, por tanto, se incluirán en la escritura de segregación y constitución de las Sociedades Beneficiarias. El proyecto de estatutos sociales será aplicable a las dos Sociedades Beneficiarias con las diferencias que se señalan respecto a la denominación, objeto y capital social. 8. POSIBLES CONSECUENCIAS DE LA SEGREGACIÓN SOBRE EL EMPLEO, ASÍ COMO SU EVENTUAL IMPACTO DE GÉNERO EN LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y, LA INCIDENCIA, EN SU CASO, EN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA EMPRESA La Segregación supondrá el traspaso de los 15 empleados de la Sociedad Segregada vinculados a la Actividad de Gestión de Aguas (los "Empleados de la Actividad de Gestión de Aguas"), a la Sociedad Beneficiaria Aguas del Valle del Guadiaro, S.L. Unipersonal y de los 22 empleados de la Sociedad Segregada vinculados a la Actividad de Conservación y Prestación de Servicios de La Marina de Sotogrande (los "Empleados de la Actividad de Conservación y Prestación de Servicios de La Marina de Sotogrande" y conjuntamente con los Empleados de la Actividad de Gestión de Aguas, los "Empleados Traspasados"), a la Sociedad Beneficiaria Conservación de La Marina, S.L. Unipersonal. Los Empleados Traspasados pasarán a prestar sus servicios en las correspondientes Sociedades Beneficiarias a partir de la fecha de efectos de la Segregación. De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, relativo al supuesto de sucesión de empresa, las Sociedades Beneficiarias reconocerán a los Empleados Traspasados en sus nuevas asignaciones todos los derechos derivados de su anterior vinculación laboral con la Sociedad Segregada. La Sociedad Segregada notificará la Segregación a los representantes legales de los Empleados Traspasados de conformidad con lo establecido legalmente. Asimismo, la Segregación se notificará a los organismos públicos correspondientes; en particular, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo Estatal. La Segregación no tendrá un impacto de género en los órganos de administración de la Sociedad Segregada, ni incidencia en la responsabilidad social de la empresa. DERECHO DE ASISTENCIA Podrán asistir a la Junta General convocada los accionistas que sean titulares de una ó más acciones, inscritas a su nombre en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a la fecha de su celebración, y lo acrediten mediante la oportuna tarjeta de asistencia o certificado expedido por alguna de las entidades depositarias participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., o en cualquier otra forma admitida por la Legislación vigente. DERECHO DE REPRESENTACIÓN Todo accionista que tenga derecho de asistencia a la Junta General podrá hacerse representar en ésta por otra persona aunque no sea accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos en los Estatutos, el Reglamento de la Junta y el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. La representación deberá ser aceptada por el representante y deberá conferirse con carácter especial para la Junta objeto de la presente convocatoria, bien mediante la fórmula de delegación impresa en la tarjeta de asistencia o bien en cualquier otra forma admitida por la ley, dejando a salvo lo establecido en el artículo 187 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Si la representación quedase cumplimentada a favor del Consejo de Administración o si la representación no tuviera expresión nominativa de la persona en la que se delega, se entenderá que ha sido otorgada a favor del Presidente del Consejo de Administración. En el caso de que el representado no haya indicado instrucciones de voto, se entenderá que el representante votará a favor de las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día. En el caso de que no hubiere instrucciones de voto porque la Junta vaya a resolver sobre asuntos que, no figurando en el Orden del Día y siendo, por tanto, ignorados por el representado en la fecha de delegación, pudieran ser sometidos a votación en la Junta, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime más oportuno, atendiendo al interés de la Sociedad. En el supuesto de que la representación se otorgue en respuesta a una solicitud pública de representación y que el representado no haya indicado instrucciones de voto, se entenderá que la representación (i) se refiere a todos los puntos que forman parte del Orden del Día de la Junta General, (ii) se pronuncia por el voto favorable de todas las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración y (iii) se extiende, asimismo a los puntos que puedan suscitarse fuera del Orden del Día, respecto de los cuales el representante votará en el sentido que estime más conveniente a los intereses del accionista. Si el representante designado llegara a encontrarse en conflicto de intereses en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan en la Junta General y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas deberá abstenerse de emitir el voto para los asuntos sobre los que, estando en conflicto de interés, tenga que votar en nombre del accionista. VOTOS Y DELEGACIÓN A DISTANCIA De acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha acordado habilitar el ejercicio de los derechos de representación y voto a través de medios a distancia, en los siguientes términos: Todos los accionistas con derecho a asistencia podrán ejercer el voto y/o delegación en relación con los puntos del Orden del Día de la Junta General, antes de las 24 horas del día 23 de octubre de 2013, a través de medios de comunicación a distancia, de acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos Sociales y Reglamento de la Junta General de Accionistas. - Delegación. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 522 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, cada accionista con derecho a voto en la Junta General podrá ser representado por cualquier persona. En general, los documentos en los que consten las representaciones incluirán la identificación de la persona que asista en lugar del accionista, que deberá identificarse adecuadamente el día de la Junta. Si quedasen cumplimentadas a favor del Consejo de Administración o no se especificara nada al respecto, se entenderá que la representación ha sido otorgada a favor del Presidente del Consejo de Administración, de algún Consejero o del Secretario del Consejo de Administración, indistintamente. En caso de que el representante designado llegara a encontrarse en situación de conflicto de interés en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan a la Junta y el representado no hubiera impartido instrucciones precisas, la representación se entenderá conferida a cualesquiera de las otras dos personas mencionadas en las que no concurra dicha circunstancia. En los documentos en que consten las representaciones para la Junta General se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que, de no mencionarse nada al respecto, el representante imparte instrucciones precisas de votar de conformidad con las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día. En el caso de que no hubiere instrucciones de voto porque la Junta vaya a resolver sobre asuntos que, no figurando en el Orden del Día y siendo, por tanto, ignorados por el representado en la fecha de delegación, pudieran ser sometidos a votación en la Junta, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime más oportuno, atendiendo al interés de la Sociedad. Si el representante designado fuera el Presidente o cualquier otro miembro del Consejo de Administración, se hace constar que puede encontrarse en conflicto de interés en relación con las propuestas de acuerdo formuladas fuera del Orden del Día, cuando se refieran a su revocación como consejero o a la exigencia a él de responsabilidades. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados y podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista. En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas. Sin perjuicio de las menciones que se realizan a continuación, se remite en cuanto a la delegación y representación a lo contenido al respecto en los artículos 24 de los Estatutos Sociales y 13 del Reglamento de la Junta. El apoderamiento se podrá hacer constar mediante entrega o correspondencia postal: Para conferir su representación mediante entrega o correspondencia postal, los accionistas podrán remitir a la Sociedad el soporte papel en que se confiera la representación, o la tarjeta de asistencia a la Junta, expedida por Sotogrande, S.A. y cuyo formulario podrán descargarse de la Web Corporativa. La tarjeta debidamente firmada y cumplimentada para conferir la representación, y en la que consta la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas deberá ser entregada o enviada al domicilio social de la Sociedad arriba referenciado, a la atención del Secretario del Consejo de Administración. Asimismo los accionistas podrán cumplimentar la tarjeta de asistencia, emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones, remitiéndola firmada mediante correo postal o mensajería a la referida dirección de la Sociedad. En cuanto a la representación conferida a favor de un intermediario financiero se estará a lo dispuesto al efecto por el artículo 524 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. - Voto. Al igual que para la delegación, el accionista podrá ejercitar su derecho a voto en la Junta General mediante correspondencia postal: Para el ejercicio del derecho a voto a distancia por este medio, el accionista deberá remitir la tarjeta obtenida de la Sociedad y que se encuentra a su disposición en la Web Corporativa o bien cumplimentar la tarjeta de asistencia, emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones, entregándola en el domicilio social de la Sociedad a la atención del Secretario del Consejo de Administración, debidamente cumplimentada y firmada en el espacio reservado al voto. El voto o la delegación a distancia por cualquiera de los sistemas indicados no será válido si no se recibe por la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la junta en primera convocatoria, en consecuencia, antes de las 24 horas del día 23 de octubre de 2013. Los accionistas que emitan su voto en los términos indicados serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Los datos personales que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), serán tratados (e incorporados a un fichero del que la Sociedad es responsable) con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General. Los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social de la Sociedad.

Madrid, 18 de septiembre de 2013.- La Secretaria del Consejo de Administración, Tamara Wegmann Lecue.

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