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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), en relación con el artículo 73.1 de esta Ley, se hace público que Arbora, Sociedad Anónima como socio único de la sociedad Arbora & Ausonia, Sociedad Limitada Unipersonal (la "Sociedad Segregada" o "A&A") y A&A como socio único de la sociedad Procter & Gamble Mataró, Sociedad Limitada Unipersonal (la "Sociedad Beneficiaria"), han acordado a las cero horas y cinco minutos del 1 de julio de 2013, la segregación de la rama de actividad de fabricación de productos higiénicos femeninos, productos para el cuidado de bebés, productos de incontinencia para adultos, toallitas húmedas para uso personal y productos de tela sin tejerlos de A&A, en favor de la Sociedad Beneficiaria.
Se pone de manifiesto que la segregación en favor de la Sociedad Beneficiaria de la referida rama de actividad se rige por el régimen simplificado previsto en el artículo 42 de la Ley, en relación con el artículo 73, al haber sido aprobada la segregación por el socio único de A&A y el socio único de la Sociedad Beneficiaria. En consecuencia, no son aplicables a la segregación las normas generales sobre el depósito y publicación del proyecto y el informe de expertos independientes, ni sobre el informe de los administradores sobre el proyecto de segregación. No obstante, se hace constar que el mencionado acuerdo de segregación adoptado por los socios, lo fue sobre la base del proyecto común de segregación de fecha 24 de abril de 2013.
De igual forma, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los socios y los acreedores de la Sociedad Segregada y la Sociedad Beneficiaria a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de las sociedades participantes en la segregación, así como del derecho de los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse a la segregación, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 44, en relación con el 73, del referido texto legal, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de segregación.
Madrid, 1 de julio de 2013.- Don Carlos Alberto da Piedade Matos y don Javier Solans Senen, en su condición de Administradores Mancomunados de Arbora & Ausonia, Sociedad Limitada Unipersonal y de Procter & Gamble Mataró, Sociedad Limitada Unipersonal.
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