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Documento BORME-C-2012-4390

BAJAMAR SÉPTIMA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ULTRACONGELADOS ANTÁRTIDA, S.A.U
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 48, páginas 4625 a 4625 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-4390

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento del artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo adoptado en junta universal de Bajamar Séptima, S.A. de fecha 29 de febrero de 2012 y por decisión del accionista único de Ultracongelados Antártida, S.A.U. también de fecha 29 de febrero de 2012, se acordó la fusión de las citadas sociedades, mediante la absorción por parte de Bajamar Séptima, S.A. de la sociedad unipersonal Ultracongelados Antártida, S.A.U. lo que implicará la extinción y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquella.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de fusión, redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la Fusión y depositados tanto en el Registro Mercantil de A Coruña como en el de Burgos.

Como la Sociedad Absorbente es titular de la totalidad de las acciones de la Sociedad Absorbida, no procede ampliar el capital social en la primera, ni la elaboración del informe de los administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión de conformidad con el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Sirven como Balances de Fusión de la sociedad Absorbente y Absorbida los cerrados a 31 de Diciembre de 2011, y las operaciones de la Absorbida se consideraran realizadas a efectos contables por la Absorbente a partir del 1 de Enero de 2012.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos por el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Vigo, 29 de febrero de 2012.- Manuel Fernández de Sousa–Faro, Presidente del Consejo de Administración de Ultracongelados Antártida, S.A.U. Presidente del Consejo de Administración de Bajamar Séptima, S.A.

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