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Documento BORME-C-2012-4389

ACTIVA SPA & HOTEL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MEDISPA SIGLO XXI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 48, páginas 4624 a 4624 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-4389

TEXTO

Anuncio de fusión impropia

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la mercantil "Activa Spa & Hotel, S.L." y la Junta General Extraordinaria de la mercantil "Medispa Siglo XXI, S.L.U.", en decisión de 31 de enero de 2012, acordaron respectivamente por unanimidad la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de la totalidad del patrimonio empresarial de Medispa Siglo XXI, S.L.U., a favor de la sociedad absorbente, Activa Spa & Hotel, S.L., quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la sociedad absorbida.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 31 de diciembre de 2011 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la Sociedad Absorbida, la mercantil " Medispa Siglo XXI, S.L.U." está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, la mercantil "Activa Spa & Hotel, S.L." y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las acciones ni de ampliar el capital de la Sociedad Absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2012.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Palma de Mallorca, 31 de enero de 2012.- D. Marcos Lavao Picó, Administrador Único de ambas sociedades.

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