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Documento BORME-C-2012-30053

GENERAL ELECTRIC HEALTHCARE ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GE HEALTHCARE CLINICAL SYSTEMS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 32362 a 32362 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-30053

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que la sociedad "GE Wind Energy, S.L.", como accionista único y socio único respectivamente de las sociedades "General Electric Healthcare España, S.A.U." (sociedad absorbente) y "GE Healthcare Clinical Systems, S.L.U." (sociedad absorbida), aprobó el día 31 de octubre de 2012 la fusión por absorción de "GE Healthcare Clinical Systems, S.L.U" (sociedad absorbida) por "General Electric Healthcare España, S.A.U." (Sociedad Absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de ésta a favor de la Sociedad Absorbente y sin ampliación de capital de ésta última, dado que la presente fusión constituye, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 49.1 y 52 de la Ley 3/2009, un supuesto de fusión especial, debido a que la sociedad bsorbente está íntegramente participada por el mismo socio que la sociedad absorbida, todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión suscrito y firmado por todos los Administradores de las sociedades intervinientes, el cual no fue depositado en el Registro Mercantil en que las sociedades intervinientes en la fusión están inscritas (Madrid), por haber sido adoptado el acuerdo por el accionista único y socio único respectivamente de la sociedad absorbente y la sociedad absorbida, es decir, de forma unánime y con carácter universal, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la LME.

De acuerdo con la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el de los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes de oponerse al mencionado acuerdo de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada LME durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Asimismo, se hace constar que se ha dado debido cumplimiento a lo expuesto en el artículo 39 de la LME, de forma que se ha comunicado a los trabajadores de las sociedades intervinientes el proceso de fusión, poniendo a su disposición la documentación e información exigida por la LME.

Madrid, 12 de noviembre de 2012.- Don Enrique Sanz Ferre, Secretario del Consejo de Administración de "General Electric Healthcare España, S.A.U.".

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