De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43, en relación con el artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 30 de junio de 2012, la Junta General de socios de "Herzio Technologies, S.L." aprobó por unanimidad la escisión por segregación de "Herzio Technologies, S.L.", con transmisión parcial de su patrimonio en dos partes, siendo beneficiarias de esta escisión las sociedades de nueva constitución "Qstoms Technologies, S.L.U." y "Herzio Music, S.L.U."
La escisión por segregación se acordó sobre la base del Balance de Escisión cerrado a fecha 31 de diciembre de 2011.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, así como el derecho de los acreedores de la Sociedad Escindida a oponerse a la escisión, en los términos establecidos en los arts. 43 y 44, por remisión del 73, de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 13 de agosto de 2012.- Administrador solidario.
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