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Documento BORME-C-2012-24260

JAG OBRAS, SOCIEDAD LIMITADA, SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
VICTORIA FINANCIAL, SOCIEDAD LIMITADA,
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 26224 a 26225 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-24260

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley"), por remisión del artículo 70 de la Ley, se hace público que el 1 de agosto de 2012 el socio único de "Jag Obras, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", y de "Victoria Financial, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", ejerciendo las funciones de las correspondientes Juntas generales extraordinarias de socios de las mencionadas sociedades, acordó la escisión parcial de "Jag Obras, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", mediante la escisión de la unidad económica independiente consistente en la explotación inmobiliaria, administración, gestión y alquiler de locales comerciales, en favor de "Victoria Financial, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal".

Esta escisión parcial no conllevará la extinción de "Jag Obras, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", sino que comportará la división y escisión de una parte del patrimonio de la misma que está afecta actualmente y constituye en sí misma una unidad económica integrada por los activos y pasivos vinculados a la explotación inmobiliaria, administración, gestión y alquiler de locales comerciales.

Como consecuencia de la escisión parcial, se producirá la sucesión universal y el traspaso en bloque a "Victoria Financial, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", de todas las relaciones jurídicas afectas a la unidad económica escindida, con la consiguiente asunción por parte de ésta de todos los derechos y obligaciones dimanantes de la misma.

Se hace constar que, como consecuencia de la escisión parcial de "Jag Obras, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", se reducirá su capital social, actualmente fijado en veintiún mil doscientos setenta y cinco euros con setenta y siete céntimos (21.275,77 euros), en el importe de diez mil euros (10.000 euros), quedando fijado tras la escisión parcial en once mil doscientos setenta y cinco euros con setenta y siete céntimos (11.275,77 euros), mediante la amortización de 1.000.000 de participaciones sociales de un céntimo de euro (0,01 euros) de valor nominal cada una de ellas. Adicionalmente, se reducirán las reservas de libre disposición de "Jag Obras, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", en el importe de novecientos noventa y nueve mil novecientos setenta y nueve euros con veintiún céntimos (999.979,21 euros).

Asimismo, se aumentará el capital social de "Victoria Financial, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", fijado actualmente en el importe de tres mil cien euros (3.100 euros), en la cantidad de diez mil euros (10.000 euros), quedando fijado, en consecuencia, en la cifra de trece mil cien euros (13.100 euros), mediante la creación de 10.000 participaciones sociales de un euro (1 euro) de valor nominal cada una de ellas, con una prima total de novecientos noventa y nueve mil novecientos setenta y nueve euros con veintiún céntimos (999.979,21 euros).

Asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la escisión parcial, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.

Barcelona, 1 de agosto de 2012.- El Administrador único de "Jag Obras, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", y de "Victoria Financial, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", José Antonio Galdeano Romero.

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