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De conformidad con lo dispuesto en el art. 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Universales de las compañías mercantiles "Juper 2003, S.L." y "Fergo 3000, S.L.", celebradas el día 7 de mayo 2012, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la segunda por parte de la primera, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y traspaso en bloque a título universal de todo su patrimonio a la sociedad absorbente. La fusión de ambas sociedades se acordó sobre la base del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 12 de abril de 2012 y en el Registro Mercantil de Guadalajara el 4 de mayo de 2012. Se hace constar expresamente y de conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley 3/2009 el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la fusión así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores sociales a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión (art. 44.1 Ley 3/2009).
Madrid, 28 de mayo de 2012.- El Administrador único de ambas sociedades, don Julio Gómez Baena.
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