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Documento BORME-C-2011-18767

INDRA BMB SERVICIOS DIGITALES, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INFORSISTEM, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 20287 a 20287 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-18767

TEXTO

En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que el accionista único de Indra Bmb Servicios Digitales, Sociedad Anónima Unipersonal, el 16 de mayo de 2011, acordó la fusión por absorción de Inforsistem, Sociedad Anónima Unipersonal (sociedad absorbida) por Indra Bmb Servicios Digitales, Sociedad Anónima Unipersonal (sociedad absorbente), todo ello sobre la base de los respectivos Balances de fusión, cerrados el 31 de diciembre de 2010, formulados por sus respectivos órganos de administración en fecha 18 de febrero de 2011 y 15 de marzo de 2011 respectivamente, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 12 de mayo de 2011. Los principales términos de dicho acuerdo de fusión, son los siguientes:

La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Modificaciones Estructurales (en adelante la Ley), por tratarse de la fusión por absorción de sociedades íntegra y directamente participadas por el mismo socio, y por tanto tratarse de una fusión asimilada a la fusión por absorción de sociedad íntegramente participada.

En virtud de lo exigido en el artículo 31.7 de la Ley, se hace constar que las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por Indra Bmb Servicios Digitales, Sociedad Anónima Unipersonal, desde el 1 de enero de 2011.

No existen en la sociedad absorbente ni absorbida, titulares de acciones de clases especiales, titulares de derechos especiales, opciones u otros títulos distintos de las acciones que componen el capital social, aportaciones de industria o prestaciones accesorias en las sociedades intervinientes en la fusión. Tampoco se otorgan en la sociedad absorbente ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

La presente fusión no conllevará ni modificaciones estatutarias ni modificación en la composición del órgano de administración de la sociedad absorbente, ni contempla consecuencia alguna sobre el empleo. Del mismo modo, tampoco tiene incidencia alguna en la responsabilidad social de la empresa.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Alcobendas (Madrid), 19 de mayo de 2011.- Don José Cabello Chacón Administrador Solidario de Indra Bmb Servicios Digitales, Sociedad Anónima Unipersonal.

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