Se hace público que el socio único de las citadas sociedades, en fecha 1 de marzo de 2010, ejerciendo las competencias de las Juntas Generales, en la forma legalmente establecida para cada una de ellas, ha acordado la fusión mediante la absorción de Profiatc-2, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal por parte de Clínica de Medicina Integral Diagonal, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal.
Con la formalización de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente, sin ampliación de capital de ésta por estar ambas directa e íntegramente participadas por el mismo socio: Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Asiste a los acreedores de ambas sociedades el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos y de los balances de fusión así como el derecho de oposición a la fusión en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 1 de marzo de 2010.- Los Administradores solidarios de Profiatc-2, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, y de Clínica de Medicina Integral Diagonal, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, Joan Castells Trius y Joaquín María Gabarró Ferrer.
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