Está Vd. en

Documento BORME-C-2010-28570

MERCANTIL INMESLA, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INDUSTRIAS BILBAÍNAS RELAX, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 186, páginas 30263 a 30263 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-28570

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que por decisión de la socia única de la sociedad absorbente y por acuerdo de la Junta General de la sociedad absorbida, ambos de fecha quince de septiembre de dos mil diez, se ha aprobado la fusión por absorción de "Industrias Bilbaínas Relax, S.A.", por parte de "Mercantil Inmesla, S.L.", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, mediante el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a "Mercantil Inmesla, S.L.", la cual sucederá a aquélla en todos sus derechos y obligaciones, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión por absorción suscrito el día 22 de junio de 2010, rectificado el 12 de julio, así como los balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2009. Para ello, la sociedad absorbente ha aumentado su capital social en la cifra de 4.646.773,00 euros, mediante la emisión de 4.646.773 nuevas participaciones sociales de la sociedad absorbente de 1 euro de valor nominal cada una, que quedan íntegramente desembolsadas y adjudicadas a los socios de la sociedad absorbida. También se ha acordado que todas las operaciones realizadas por la sociedad fusionada y extinguida se considerarán realizadas, a efectos contables y fiscales, a partir del 1 de enero de 2010, por cuenta de la sociedad absorbente.

No existen ni se otorgan derechos especiales distintos de las participaciones sociales, ni ventajas de ninguna clase a los administradores.

De conformidad con la citada Ley 3/2009, se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de ambas sociedades a oponerse a la fusión en los términos previstos en la Ley en el plazo de un mes desde la publicación el último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión. No existen obligacionistas en ninguna de las sociedades, por lo que no hay derecho de oposición de los mismos.

Zaragoza-Bilbao, 15 de septiembre de 2010.- La administradora única de "Industrias Bilbaínas Relax, S.A.", y de "Mercantil Inmesla, S.L.".

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid