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Documento BORME-C-2010-27319

ATIVAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TARTI, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 172, páginas 28944 a 28944 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-27319

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 29 de junio de 2010, la Junta General de Socios universal y por unanimidad de la sociedad "Ativar, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente), en ejercicio de sus competencias aprobó la fusión por absorción de la sociedad "Tarti, Sociedad Limitada Unipersonal" (Sociedad Absorbida), con disolución sin liquidación de esta última, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el régimen previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 abril, sobre "Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles", al concurrir en la sociedad partícipes así como en el acuerdo adoptado, los requisitos exigidos por ese precepto legal para su aplicación, por lo que en consecuencia no son aplicables las normas generales que sobre el proyecto y el Balance de fusión se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I de la mencionada Ley 3/2009, de 3 de abril, así como las normas relativas a la información sobre la fusión previstas en el artículo 39 ni las relativas a la adopción del acuerdo de fusión, a la publicación de la convocatoria de la junta y a la comunicación, en su caso, a los socios del proyecto de fusión previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 40.

No obstante lo anterior, se pone de manifiesto que se ha informado debidamente a los representantes de los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada y en particular, sobre las implicaciones que esta tiene sobre el empleo.

De la misma manera, se pone de manifiesto que la sociedad absorbida se encuentra íntegramente participada por Ativar, S.L., por lo que le resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 del anterior texto legal para la absorción de sociedades íntegramente participadas y en consecuencia no se ha aumentado el capital social de la sociedad absorbente, ni ha sido preciso someter la misma a la decisión del Socio Único de la sociedad absorbida.

De igual forma se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de una y otra sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Berriozar, 5 de julio de 2010.- El Administrador Solidario Ativar, S.L. y Tarti, S.L.U., don Alberto Artieda Elarre.

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