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Documento BORME-C-2009-36959

ARISTA DOCE-62, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MASSARISTA FACTORY, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
Y SURFOBSESSION, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 39248 a 39248 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-36959

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (Ley 3/2009) el Socio Único de la Sociedad Arista Doce-62, S.L. -Sociedad Unipersonal- (Sociedad Absorbente) ha acordado, con fecha 18 de diciembre de 2009, la fusión por absorción de Massarista Factory, S.L.-Sociedad Unipersonal- y Surfobsession, S.L. -Sociedad Unipersonal- (Sociedades Absorbidas) por parte de Arista Doce-62, S.L. (Sociedad Absorbente), mediante la extinción sin liquidación de las primeras con aportación de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, sin ampliación de capital y con efectos contables a partir de la fecha de presentación de la escritura pública de fusión en el Registro Mercantil, quedando ésta última subrogada en la titularidad de todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, todo ello en los términos contenidos en el Acuerdo de Fusión de 18 de diciembre de 2009. No se atribuirá ventaja alguna a favor de los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, ni se realizarán modificaciones estatutarias en la Sociedad Absorbente como consecuencia de la fusión. Los socios han aprobado acoger la fusión al régimen fiscal previsto en el Capítulo X del Título VIII (artículos 90 a 104) de la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Territorio Histórico de Gipúzkoa, del Impuesto sobre Sociedades.

En consecuencia, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión de oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

San Sebastián, 18 de diciembre de 2009.- Administrador Único de Surfobsession, S.L. y Representante persona física de Unisono, S.L., Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de Massarista Factory, S.L.

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