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Documento BORME-C-2009-36958

AMORIM FLORESTAL ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AMORIM E IRMAOS IV, S.A.U.
AMORIM FLORESTAL ESPANHA, S.A.U.
Y AMORIM FLORESTAL CATALUNYA, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 39247 a 39247 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-36958

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y disposiciones concordantes, se hace público que el Socio Único de la mercantil Amorim Florestal España, S.L.U., en su condición de Sociedad Absorbente, decidió el 1 de diciembre de 2009 aprobar la fusión en virtud de la cual la mercantil Amorim Florestal España, S.L.U. (en adelante la Sociedad Absorbente), absorbe a las sociedades Amorim e Irmaos IV, S.A.U., Amorim Florestal Espanha, S.A.U., y Amorim Florestal Catalunya, S.L. (en adelante las Sociedades Absorbidas), con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente. Tanto la Sociedad Absorbente como las Sociedades Absorbidas son sociedades íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo socio, la mercantil Amorim Natural Cork, S.A.

En este sentido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y disposiciones concordantes, se pone de manifiesto el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de la decisión de fusión adoptada, así como el derecho de oposición a la fusión que corresponde a los acreedores de las sociedades intervinientes en los términos del artículo 44 de la referida Ley 3/2009, de 3 de abril.

San Vicente de Alcántara, 2 de diciembre de 2009.- D. Jorge Alberto Guedes Peixoto, Secretario del Consejo de Administración, Amorim Florestal España, S.L.U.

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