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Documento BORME-C-2009-23716

BODEGAS ONTAÑON, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
MUSEO ONTAÑON, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 25364 a 25364 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-23716

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242.º y 254.º del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.º de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que los socios de la sociedad "Bodegas Ontañon, Sociedad Limitada" han decidido, en ejercicio de las competencias de la Junta general de socios, mediante el Acta de Junta general de socios de fecha 29 de junio de 2009, aprobar por unanimidad la escisión parcial de la sociedad y la constitución, como consecuencia de dicha operación societaria, de una sociedad de nueva creación denominada "Museo Ontañon, Sociedad Limitada", con traspaso a esta sociedad, por sucesión universal de parte del patrimonio de la primera, que constituye una rama de actividad, y sin que esto haya supuesto una reducción del capital social de la sociedad beneficiaria de la escisión, por haberse reducido únicamente las reservas voluntarias, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión Parcial suscrito por los Administradores Solidarios de "Bodegas Ontañon, Sociedad Limitada" y depositado en el Registro Mercantil de La Rioja en fecha 24 de junio de 2009, todo ello sobre la base del Balance de Escisión cerrado a 31 de diciembre de 2008.

Se hace constar, a los efectos oportunos, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242.º del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios, representantes de los trabajadores y a los acreedores de "Bodegas Ontañon, Sociedad Limitada" de obtener en el domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad que se escinde a oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166.º del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Para ejercitar su derecho de oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de escisión.

Quel (La Rioja), 6 de julio de 2009.- El Administrador Solidario, don Gabriel Pérez Marzo.

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