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Documento BORME-C-2009-18128

TECNICONDIESEL, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 19514 a 19514 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2009-18128

TEXTO

Edicto Que en los autos de Convocatoria de Junta General núm. 718/06, del Juzgado de lo Mercantil nº 6 seguidos a instancias de D. Trinitario Urrea López, D. Víctor Urrea Díaz y D.ª María Felicidad Urrea Díaz, se ha dictado resolución con el núm. 184/09, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguientes: Dispongo: Que estimando la solicitud formulada por la Procuradora Sra. de Haro Martínez en representación de D. Trinitario Urrea López, D. Víctor Urrea Díaz y D.ª María Felicidad Urrea Díaz, debo convocar judicialmente a Junta General de la sociedad Tecnicondiesel, S.A., que se celebrará en la Calle Tordesillas, nº 6, de Alcorcón (Madrid), señalando para su celebración el 30.6.2009 a las 16:30 horas, bajo la presidencia de D. Trinitario Urrea López, con las formalidades previstas en el TRLSA, con el siguiente orden del día:

Orden del día

Primero.- Censura de la gestión social, aprobación de las cuentas y aplicación del resultado del ejercicio 2005.

Segundo.- Cese y nombramiento de órganos de administración.

Llévese a cabo la convocatoria de la Junta mediante anuncio publicado en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación de Madrid, con al menos un mes antes de la fecha fijada para su celebración, debiendo constar en el anuncio además de los datos de la sociedad, la fecha, hora, lugar de celebración de la junta y el orden del día señalado. Notifíquese la presente resolución a la citada a través de su representación procesal; haciéndoles saber que la presente resolución, parcialmente estimatoria, es difinitiva y frente a la misma cabe preparar recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid,en el plazo de cinco días; con efectos suspensivos en caso del Art. 1.819 L.E.Civil de 1881 y sin efectos suspensivos en caso del Art. 1.820 L.E.Civil de 1881. Así lo dispone,manda y firma D. Francisco Javier Vaquero Martín, Magistrado-Juez Accidental del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de los de Madrid. Y para que así conste, expido y firmo el presente a los efectos legales oportunos.

Madrid, 27 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

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