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Documento BORME-C-2008-82231

LEGRAND ESPAÑA, S. L. (Sociedad absorbente) BTICINO ESPAÑA S. L. Sociedad unipersonal CABLOFIL IBERICA S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 13214 a 13214 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-82231

TEXTO

Anuncio de Fusión

En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas (L.S.A), se anuncia que las Juntas Generales Extraordinarias de Legrand España, Sociedad Limitada, Bticino España, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal y Cablofil Ibérica, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, celebradas el 24 de Abril de 2008, acordaron la fusión de las tres entidades mediante la absorción de las dos últimas por la primera, conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 21 de abril de 2008, y en el de Barcelona con fecha 22 de abril de 2008, con extinción de las dos sociedades absorbidas y traspaso en bloque de todo su patrimonio a la absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones. No será necesario aumentar el capital de la absorbente con motivo de la absorción de Bticino España, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, ya que la totalidad de su capital social pertenece a la absorbente. Como consecuencia de la absorción de Cablofil Ibérica, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, la absorbente aumentará su capital en la cifra de 411.120 euros, con una prima de emisión total de 761.904 euros, cuyas participaciones, así como una compensación en metálico de 10,54 euros, se adjudicarán a la sociedad anónima francesa ICM GROUP, socio único de la absorbida Cablofil Ibérica, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal. La fusión se efectuará de conformidad con los balances de fusión de las tres Sociedades cerrados al 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente a partir del 1 de Enero de 2008. La fusión se acoge al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VIII del Título VII, artículos 83 y siguientes, del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las tres Sociedades indicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En Torrejón de Ardoz (Madrid) a, 25 de abril de 2008.-Secretario de los Consejos de Administración de Legrand España, Sociedad Limitada y Bticino España, Sociedad Limitada Unipersonal, Don Fermín de Santiago Velasco y Secretario del Consejo de Administración de Cablofil Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal. Don Alexandre Serge Bernard Menu.-24.872.

1.ª 28-4-2008

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