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Escisión parcial
A los efectos previstos por los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254, se hace público que las Juntas Generales de socios de «Ingeteam Industry, Sociedad Anónima.» e «Ingeteam Marine, Sociedad Anónima», celebradas con carácter universal, el día 6 de Noviembre de 2008, aprobaron por unanimidad, entre otros acuerdos, la escisión parcial de «Ingeteam Industry, Sociedad Anónima», siendo beneficiada la Sociedad «Ingeteam Marine, Sociedad Anónima», a la cual se transmite la unidad económica compuesta por los Activos y Pasivos que se detallan en el Proyecto de Escisión presentado en el Registro Mercantil de Vizcaya.
Por ello, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y socios de obtener en el domicilio social o de solicitar envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos y del Balance de Escisión, así como de oponerse a la misma en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último de estos anuncios, en los términos del artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas..
Zamudio, 6 de noviembre de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración de «Ingeteam Industry, S. A.». «Pine Instalaciones y Montajes, S. A., representada por D. Alfonso Alciturri Imaz», el Administrador Único de Ingeteam Marine, S. A.», Ingeteam Industry, S. A.», representada por Don José Luis Sobaler Diez.-68.693.
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