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Anuncio de reducción de capital
Se hace público que en la Junta General Extraordinaria de la sociedad celebrada en el domicilio social el día 11 de noviembre de 2008, se acordó por unanimidad reducir el capital social de la entidad en 60.111 euros, con la finalidad de devolver aportaciones a los accionistas y mediante la amortización de 10.000 acciones, las números 1 a 10.000 ambos inclusive. La cantidad a entregar a los accionistas es la suma total de 72.133,20 euros, a razón de 7,21332 euros por acción amortizada. Se hace constar que conforme a lo previsto en el artículo 164.3 de la Ley de Sociedades Anónimas se ha efectuado una votación separada de los accionistas afectados, con la asistencia de los accionistas que representan el 99,54 por ciento de las acciones afectadas, y que han aprobado por unanimidad la reducción del capital, así como la suma a abonar a los accionistas. Por acuerdo unánime de los accionistas la reducción de capital se efectuará con cargo a reservas libres, y el importe de 60.111 euros, valor nominal de las acciones que se amortizan, se destinará a una reserva conforme al artículo 167.3 de la Ley Sociedades Anónimas a los efectos de poder ejecutar el acuerdo sin tener que esperar al mes previsto en el artículo 166 Ley Sociedades Anónimas. Forma de ejecutar la reducción: Los acuerdos adoptados se publicarán mediante anuncio efectuado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de los de gran circulación en la provincia. Durante el plazo de 15 días naturales siguientes a dichas publicaciones los accionistas afectados podrán obtener la devolución de sus aportaciones mediante la presentación de las acciones de que son titulares en el domicilio de la sociedad. Transcurrido el plazo de 15 días naturales, el Administrador de la entidad procederá a consignar el importe correspondiente a las acciones amortizadas que no hayan sido presentadas por los accionistas en una cuenta de la entidad Banesto, y se procederá a elevar a públicos los acuerdos de reducción adoptados.
Disposición de la reserva en garantía de acreedores: Se ha acordado que la reserva constituida en garantía de los derechos de los acreedores será de libre disposición si estos no ejercen el derecho de oposición en el plazo de un mes desde el último de los anuncios, según artículos 167.3 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Rubí, 11 de noviembre de 2008.-Administrador Único: Don Juan Rivas López.-66.320.
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