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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de Accionistas de «Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Don Quijote, 3 de Madrid, y las Juntas generales extraordinarias y universales de «Campomanes Hermanos, Sociedad Anónima», con domicilio en calle Don Quijote, 3 de Madrid ;»González y Diez, Sociedad Anónima», con domicilio en Lugar Pilotuerto, s/n de Tineo (Asturias) y de «Antracitas Noriega, Sociedad Limitada « con domicilio en Paraje Pim-Pim, s/n de La Silva-Villagatón (León), celebradas en sus respectivos domicilios sociales el 21 de octubre de 2.008, aprobaron, por unanimidad, la fusión de: «Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima» (como absorbente), con: «Campomanes Hermanos, Sociedad Anónima» (como absorbida); «González Y Diez, Sociedad Anónima» ( como absorbida ) y «Antracitas Noriega, Sociedad Limitada» (como absorbida), mediante absorción por la primera de las segundas, quedando las sociedades absorbidas disueltas sin liquidación por la absorbente, a la que se traspasará en bloque la totalidad del patrimonio de las extinguidas, quedando subrogada «Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima», a título de sucesión universal en todas las relaciones jurídicas y económicas, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, de conformidad con el proyecto de fusión único depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, León y Asturias, el 7 de octubre de 2.008, y sin necesidad de ampliación del capital social por ser la sociedad absorbente la titular de todas las acciones de las sociedades absorbidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, resultaron aprobados los balances de fusión cerrados al 31 de julio de 2.008, y verificados por los Auditores de cuentas de las sociedades que participan en la fusión. Las operaciones de: «Campomanes Hermanos, Sociedad Anónima», «González y Diez, Sociedad Anónima» y «Antracitas Noriega, Sociedad Limitada» (sociedades absorbidas), se entenderán realizadas a efectos contables por «Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima» (sociedad absorbente), desde el día 1 de enero de 2008. La sociedad absorbente conservará su denominación social, sin que se modifiquen sus estatutos. No existen en las Sociedades que se fusionan, acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la sociedad absorbente, como tampoco se atribuirán ventajas especiales a expertos independientes, ni a los administradores de las sociedades fusionadas.
Todos los documentos a que hace referencia el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, están a disposición de los accionistas y demás interesados, para su examen, en el domicilio social de cada una de las sociedades que participan en la fusión. En cumplimiento de lo establecido por los artículos 242 y 243 de la ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los respectivos Balances de Fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 21 de octubre de 2008.-Administrador Único de Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima. Alejandro Rabanal González. Administrador Único de Campomanes Hermanos, Sociedad Anónima. Alejandro Rabanal González. Administrador Único de Antracitas Noriega, Sociedad Limitada. Alejandro Rabanal González. Administrador Único de González y Díez, Sociedad Anónima. Victorino Alonso García.-60.899. 2.ª 24-10-2008
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