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El día 19 de septiembre 2008, en virtud de lo dispuesto en el articulo 117 de la Ley de Sociedades Limitadas, el socio único de la compañía, adoptó la decisión de disolver la sociedad sin liquidación, con cesión global de su Activo y Pasivo a favor de su socio único, «Atlantis Asesores, Sociedad Limitada», quien aceptó dicha cesión. Los acreedores de ambas sociedades podrán obtener el texto integro del acuerdo de cesión en el respectivo domicilio social, pudiendo oponerse al mismo en el plazo de un mes.
Madrid, 22 de septiembre de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Ignasi Faura i Ventosa.-55.071.
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