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Documento BORME-C-2006-239028

CAFÉS BAHÍA, S. L. (Sociedad parcialmente escindida) COFFEE PRODUCTIONS, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 41637 a 41637 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-239028

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, que la Junta general de socios de la compañía Cafés Bahía, Sociedad Limitada, en fecha 30 de Junio de 2006, ha acordado la escisión parcial de la compañía, con segregación de los activos y pasivos integrantes de la unidad económica autónoma dedicada a la compra y venta, elaboración, envasado y comercialización de café, azúcar e infusiones para su distribución a través de establecimientos de alimentación distintos de los propios de la hostelería, que se traspasan a una sociedad de nueva creación denominada Coffee Productions, Sociedad Limitada. La escisión se ha acordado sobre la base del proyecto de escisión suscrito por los consejeros de la compañía, presentado a depósito en el Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, sobre el Balance de escisión de la compañía, cerrado a fecha 31 de diciembre de 2005 y el informe del Consejo confeccionado en fecha 28 de junio de 2006. La fecha a partir de la cual las operaciones del patrimonio escindido habrán de entenderse realizadas a efectos contables por la sociedad beneficiaria de la escisión es la de 1 de octubre de 2006. No existen clases especiales de participaciones, ni derechos de otra naturaleza, ni reservas o ventajas a los órganos de administración de las sociedades que participan en la escisión. Como consecuencia de la escisión, la mercantil Cafés Bahía, Sociedad Limitada, ha reducido sus fondos propios en la cuantía pertinente.

El presente anuncio se publica, a los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, advirtiéndose expresamente que los socios y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de la compañía Cafés Bahía, Sociedad Limitada, podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los presentes acuerdos.

Xirivella (Valencia), 30 de junio de 2006.-El Secretario del Consejo de Administración de Cafés Bahía, Sociedad Limitada. Firmado: José Manuel Pérez Úbeda.-71.218.1.ª 18-12-2006

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