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Documento BORME-C-2003-235009

AVOCETA, S. L. (Sociedad absorbente) VESEGUE, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 235, páginas 34348 a 34348 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-235009

TEXTO

Anuncio de fusión Que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las Sociedades "Avoceta, S. L.", y "Vesegue, S. L.", celebradas el 28 de noviembre de 2003, adoptaron por unanimidad la fusión por absorción de la primera a la segunda, conforme a lo siguiente: I. La fusión ha sido aprobada conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Cádiz, el día 27 de noviembre de 2003.

II. La sociedad absorbida es Vesegue, S. L., española, domiciliada en esta ciudad, en avenida de la Cruz Roja, número 4, constituida por tiempo indefinido, mediante escritura autorizada el día 6 de mayo de 1998, ante el Notario de Madrid, don Luis Felipe Rivas Recio, con el número 1.194 de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia de Cádiz, al tomo 1.228, folio 189, Sección 8, hoja 14.923, inscripción 1.a Tiene Cédula de Identificación Fiscal (C.I.F.), número B-11717154. La sociedad absorbente es Avoceta, S. L., española, domiciliada en esta ciudad, en Avenida de la Cruz Roja, número 4, constituida por tiempo indefinido en escritura autorizada el día 17 de junio de 1998, ante el Notario de Jerez de la Frontera, don Javier Manrique Plaza, con el número 2.200 de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia de Cádiz, al tomo 1.245, folio 215, Sección 8, Hoja CA-15.297, inscripción 1.a Tiene Cédula de Identificación Fiscal (C.I.F.), número B-11717816.

III. Que la fusión se realiza con base en los Balances de Fusión aprobados por las Juntas de las dos sociedades cerrados con fecha 30 de septiembre de 2003.

La Junta General de socios de la sociedad que se absorbe formuló un Balance cerrado a 30-09-2003, sobre la base de ese Balance aprobado por la propia Junta General y que tiene carácter de balance de fusión, se ha procedido a hacer un traspaso de los elementos del activo y pasivo de la sociedad absorbente, en unión de los criterios seguidos para su valoración y reparto. Dichos elementos serán atribuidos a la sociedad absorbente produciéndose la sucesión universal y traspaso de todas las relaciones jurídicas afectas a los mismos.

IV. Todos los socios de la sociedad absorbida lo serán de la sociedad absorbente. Por cada diez participaciones sociales que titulen de la sociedad absorbida, recibirán una participación social de la sociedad absorbente.

V. Una vez formalizada la escritura de fusión e inscrita en el Registro Mercantil, se comunicará la sustitución de las participaciones de la sociedad absorbida por las de la sociedad absorbente, notificando a los socios afectados la fusión realizada y el tipo de canje y que deberán entregar los títulos representativos de las participaciones sociales de la sociedad absorbida y retirar los nuevos de la sociedad absorbente aplicando el tipo de canje correspondiente, lo que ocurrirá necesariamente en el plazo de un mes a contar desde la inscripción en el Registro Mercantil de la Fusión.

Transcurrido dicho plazo, los títulos que no se hayan presentado serán anulados y sustituidos por participaciones sociales de la sociedad absorbente, y los resguardos quedarán depositados en el domicilio social de la misma, por cuenta de quien justifique su titularidad.

VI. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida, se entenderán por cuenta de la absorbente, será el 1 de enero de 2004, por lo tanto la fecha de participación de las nuevas participaciones sociales en las ganancias sociales será el mismo día 1 de enero de 2004, salvo en cuanto a los dividendos acordados por la sociedad absorbida antes de la fecha señalada.

VII. No existen en la sociedad absorbida titulares de derechos especiales y no se otorgará derecho especial alguno en la sociedad absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos y del balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Jerez de la Frontera, 28 de noviembre de 2003.-Jaime González-Gordon Díez, Administrador Solidario.-Elisa Cologán Osborne, Administradora Solidaria.-54.420. 2.a 10-12-2003.

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