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Documento BORME-C-2002-207006

CEFANA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 29722 a 29722 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-207006

TEXTO

Ejercicio derecho de suscripción preferente y plazos de pago de dividendos pasivos Se hace público que la Junta general de accionistas de "Cefana, Sociedad Anónima", celebrada en primera convocatoria el día 13 de diciembre de 2001, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de 1.289.145 euros, mediante emisión y puesta en circulación de 214.500 nuevas acciones representadas por títulos nominativos de igual valor nominal y contenido de derechos que las anteriores y numeradas correlativamente del 214.501 al 429.000 ambas inclusive.

Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal de 6,01 euros y deberán ser desembolsadas en un 25 por 100 de su valor nominal en el acto de la suscripción.

Se reconocerá a los socios el derecho a suscribir un número de las nuevas acciones proporcional al valor nominal de las que poseen. El ejercicio de este derecho se ajustará a las siguientes normas: a) Relación de cambio: 1 acción nueva por cada 1 antigua.

b) Plazo de suscripción: Dos meses desde la publicación o comunicación prevista en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

c) Desembolso: 25 por 100 del valor nominal al momento de la suscripción.

d) Acciones no suscritas: Las acciones no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente en el plazo antedicho se ofrecerán en su totalidad a los accionistas suscriptores en un plazo de dos meses a prorrata de las acciones que posean en la compañía.

e) Suscripción incompleta: De acuerdo con lo establecido en el artículo 161 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas en el caso de que el aumento de capital no se suscribiera íntegramente éste quedará fijado en la cuantía de la suscripción efectuada.

Una vez suscrito y desembolsado en su totalidad el aumento de capital quedará modificado en el artículo 5 de los Estatutos sociales, que lo sucesivo y salvo lo dispuesto para el caso de suscripción incompleta tendrá la siguiente redacción: Artículo 5. Capital.

El capital social lo constituye la cantidad de 2.578.290 euros divididos en 429.000 acciones nominativas de 6,01 euros cada una, clase C y numerados correlativamente del 1 al 429.000, ambas inclusive.

Las acciones están totalmente suscritas. Las acciones números 1 al 214.500 ambas inclusive están desembolsadas en el 100 por 100 de su valor nominal y las acciones números 214.501 a 429.000, ambas inclusive en el 25 por 100 de su valor nominal. El Consejo de Administración queda facultado para exigir los desembolsos pasivos pendientes, que deberán desembolsarse por los accionistas mediante aportación dineraria, y siempre dentro de plazo máximo de cinco años.

Las acciones estarán representadas por títulos, que serán remitidos por la sociedad y se entregarán a los accionistas libre de gastos.

Podrán emitirse títulos múltiples para los propietarios de más de una acción de la misma serie.

Se faculta al órgano de administración para señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta general. El plazo para el ejercicio de esta facultad delegada no podrá exceder de un año.

Igualmente se hace público que el Consejo de Administración de "Cefana, Sociedad Anónima", en su sesión celebrada el pasado día 7 de octubre de 2002 y en ejecución del referido acuerdo de ampliación de capital adoptó los siguientes acuerdos: Primero.-Se señala como fecha para llevarse a efecto el aumento de capital acordado por la Junta general de accionistas, celebrada el pasado día 13 de diciembre de 2001, al día siguiente a la publicación el Registro Mercantil de Madrid del correspondiente anuncio relativo al ejercicio del derecho de suscripción preferente respecto a dicho aumento y abrir el período para el ejercicio de tal derecho de suscripción preferente, el cual podrá ejercitarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del referido anuncio.

Segundo.-Fijar los siguientes plazos para el desembolso del resto de los dividendos pasivos pendientes correspondientes a dicho aumento de capital: a) 25 por 100 del valor de las acciones antes del día 30 de mayo de 2003.

b) 25 por 100 del valor de las acciones antes del día 30 de octubre de 2003.

c) 25 por 100 del valor de las acciones antes del día 30 de marzo de 2004.

Los titulares del derecho de suscripción preferente deberán notificar a la sociedad el ejercicio de dicho derecho e ingresar los correspondientes desembolsos en los plazos previstos en la cuenta corriente de la sociedad número 2100 4065 11 2200018505, abierta en "La Caixa", sucursal de la calle Hermanos García Noblejas, número 9, de Madrid.

En el supuesto de cesión del derecho de suscripción preferente, se estará a lo establecido en el artículo 11 de los vigentes Estatutos sociales.

Todo lo anterior se pone en conocimiento de los accionistas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 158 y 42 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, para que ejerciten los derechos pertinentes en los plazos indicados a partir de la publicación de este anuncio.

Madrid, 10 de octubre de 2002.-Miguel Tormo Cruz, Secretario del Consejo de Administración.-47.013.

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