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Documento BOE-B-2022-40804

Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, del Consejo de Administración de la E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se formaliza la Primera convocatoria correspondiente al "Subprograma 1: Plataforma de ensayo por organismo de investigación", incluido en la Primera convocatoria para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayos e infraestructuras portuarias para renovables marinas, PRTR

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2022, páginas 63042 a 63044 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2022-40804

TEXTO

BDNS(Identif.):666194

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/666194)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria:

Los organismos de investigación de acuerdo con la definición establecida en el artículo 2 de las Bases reguladoras, con personalidad jurídica propia; legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal o un establecimiento permanente en España, debiendo comprometerse inicialmente y respetar, en el caso de que resultasen beneficiarios, que las ayudas serán dedicadas única y exclusivamente a la actividad no económica de la entidad.

Segundo. Finalidad:

Ayudas destinadas a la inversión en plataformas de ensayos e infraestructuras portuarias para renovables marinas, tanto en el dominio público marítimo-terrestre español como en las aguas portuarias españolas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de sus actuaciones de inversión contempladas dentro de la Inversión 1 del Componente 7.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 Cuarto. Importe:

La dotación presupuestaria para la primera convocatoria de este programa para las actuaciones a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el dominio público marítimo -terrestre nacional y en aguas portuarias españolas asciende a doscientos cuarenta millones de euros (240.000.000 euros), y estará distribuida de la siguiente forma para el subprograma 1:

Subprograma 1: 90.000.000 euros para «Plataforma de ensayo por organismo de investigación».

El presupuesto asignado para esta convocatoria proviene, de los fondos de IDAE previa transferencia de los mismos con origen en la aplicación presupuestaria 23.50.42GA.748.05 «Al IDAE para el desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», contenida en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 12:00 horas del día 31 de enero de 2023 y finalizará a las 12:00 horas del día 24 de marzo de 2023. Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.

 Sexto. Otros datos:

1. Plazo de ejecución de las actuaciones: Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 15 de enero de 2026, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 21 de las bases reguladoras. o en el plazo máximo que se determinase, en caso de que tuviese lugar una ampliación de plazos en la normativa reguladora del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Para los proyectos del Subprograma 1 se establece una inversión mínima por proyecto superior a 200.000 €. A estos efectos, se considerará como inversión, la suma de las partidas que cumplan con la consideración de costes elegibles de la actuación.

3. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.

4. El IDAE, podrá conceder anticipos de las ayudas a los beneficiarios que lo soliciten, previa aportación de una garantía, y en las condiciones que se establecen en el apartado 2 y 3 de la disposición decimoquinta de la convocatoria, y en el art 23 de la Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

5. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, las ayudas reguladas en esta orden serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma actuación, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o internacionales, siempre que no se financie el mismo coste de la actuación y no se supere el coste de la actividad subvencionada.

6. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), no se aplicará la incompatibilidad con el mercado interior dispuesta en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta orden para el subprograma 1, que no tendrán la consideración de ayudas de Estado, por otorgarse únicamente a organismos de investigación para actividades no económicas. Las entidades beneficiarias que, además de actividades no económicas, realicen también actividades económicas, deberán consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos respectivos.

7. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

Madrid, 21 de diciembre de 2022.- La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Sara Aagesen Muñoz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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