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Documento BOE-B-2015-24246

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2015, páginas 33735 a 33735 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24246

TEXTO

Edicto.

Don Luis Marugán Cid, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ávila, en funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 362/2015 y NIG n.º 05019 41 1 2015 0027103, se ha dictado en fecha 23.07.2015 auto de declaración de concurso voluntario del deudor "SALVADOR SANZ, S.A.", con CIF n.º A05011135, cuyo domicilio social lo tiene en Las Navas del Marqués (Avila), calle Francisco Segovia, n.º 42.

2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º- La identidad de la administración concursal es la siguiente: "SET CREDITORUM XXI, S.L.P.".

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: C/ Doctor Jesús Galán, n.º 5, Portal 1, 3-4, de Ávila (05003).

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: setcreditorumxxi@gmail.com.

5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

6.º- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente:

https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Ávila, 24 de julio de 2015.- El Secetario Judicial.

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