Edicto
D. Luis Marugán Cid, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 386/2015 y NIG n.º 05019 41 1 2015 0027838, se ha dictado en fecha veinticuatro de julio de dos mil quince auto de declaración de concurso voluntario y a su vez de conclusión del mismo, del deudor David Martín García, autónomo, dedicado a la actividad de la construcción, casado en régimen económico de separación de bienes, con NIF n.º 06585801G, con domicilio en la localidad de El Barraco (Ávila), C/ Víctor Pérez Pérez, y cuya parte dispositiva establece:
Acuerdo: Que debo declarar y declaro el concurso voluntario de don David Martín García y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.
Ávila, 29 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.
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