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Documento BOE-B-2015-18045

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2015, páginas 25092 a 25092 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-18045

TEXTO

Edicto.

Dña. Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000519/2014, seguido a instancias del Procuradora Dña. María Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de Oliver Sant 2214 S.L., se ha dictado Auto el día 8 de abril de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Oliver Sant 2214 S.L. con CIF, nº B76030626, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Pedro Cabezas de Herrera Santamaría, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Dolores de la Rocha, nº 41, Las Palmas de Gran Canaria, 35001, Tel. 600511288, 928 94 04 03, Fax 928 92 37 92, e-mail: pchs@rea.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente.

Las Palmas de Gran Canaria, 26 de mayo de 2015.- Secretaria Judicial.

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