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Documento BOE-B-2006-170119

Anuncio de la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología sobre Información Pública del Proyecto de conexión de la conducción de Beninar-Aguadulce con los riegos de la Vega de Adra (Almería) y de su Estudio de Impacto Ambiental.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 18 de julio de 2006, páginas 7783 a 7783 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2006-170119

TEXTO

La Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas S.A. (ACUAMED) remite con fecha 24 de mayo de 2006, el proyecto del epígrafe solicitando su tramitación. Para ello, es necesario incoar el expediente de información pública, a los efectos previstos en el artículo 86 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 3.1 del Real Decreto Legislativo 1.302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental y en los artículos 15 y 17 del Real Decreto 1.131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para su ejecución. El presente proyecto se enmarca dentro de la Ley 11/2005 por la que se modificó la Ley 10/2.001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. Concretamente se cita dentro de las actuaciones del Anexo IV «Actuaciones prioritarias y urgentes en las Cuencas Mediterráneas», en el apartado de la Cuenca Hidrográfica del Sur, con el título 1.2.d) «Mejora de las infraestructuras hidráulicas de los riegos de la zona de Poniente de Adra». En el Anexo II de la Ley 10/2.001, de 5 de julio, en el apartado correspondiente a la Confederación Hidrográfica del Sur de España se incluye la actuación «Mejora de los riegos de la zona del poniente de Adra» declarándose de interés general. El proyecto fue encargado a la Sociedad Estatal de Aguas de las Cuencas Mediterráneas S.A. creada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de junio de 2004. En dicho acuerdo, se autorizó el cambio de denominación y la sustitución del objeto social de la antigua sociedad estatal Infraestructuras del Trasvase S.A., de modo que en la actualidad la sociedad ha pasado ha denominarse «Aguas de las Cuencas Mediterraneas, S.A. (ACUAMED)» y tiene por objeto la contratación, construcción, adquisición y explotación en su caso, de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2.005 de 22 de junio, se realicen en sustitución de las previstas en su día para las transferencias de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la Ley 10/2.001, así como la gestión de los contratos para estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de dichas obras y el ejercicio de las actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores. De acuerdo con las funciones encomendadas por el convenio de gestión directa, ACUAMED ha redactado el proyecto de construcción, objeto de análisis, basándose en lo indicado en el artículo 126 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Para conseguir el objetivo que se plantea se proyectan las actuaciones siguientes:

«Construir una conducción de fundición dúctil de 500 mm de diámetro de 4.803 m de longitud con un caudal de diseño de 342 l/s, para reponer una conducción actualmente fuera de servicio. La toma se realiza mediante una arqueta en el canal de Beninar-Aguadulce y su traza discurre en dirección Sur hasta la nueva arqueta de conexión con la red de riego de la Vega de Adra punto donde se produce entrega».

«Conectar con la conducción existente de la red de riego mediante una tubería de las mismas dimensiones que la anterior y una longitud de 49 m, desde la arqueta de entrega hasta el punto de conexión con la tubería de la red de riego». «Instalar Desagües y ventosas como elementos complementarios de la conducción. Los primeros son de 150 mm de diámetro y las ventosas de 100 y 150 mm, con las presiones correspondientes en el drenaje al exterior. El tipo 1 posee un desagüe fácil al exterior en función de la pendiente del terreno y consta de una única arqueta y el tubo de salida al exterior. Cuando la topografía de la zona no ofrece facilidades para el desagüe, se utiliza el tipo 2 que consta de dos arquetas, una de las cuales funciona llena y vierte por su zona superior. También hay dos tipos de ventosa, ya que en el río Chico la conducción discurre por zona inundable. En este caso se dispone una T en la conducción principal hasta una cota fuera de la zona inundable, donde se dispone la arqueta de ventosa». El Proyecto contempla procesos constructivos especiales para el desvío del río Chico durante la construcción, la retirada de la tubería existente y su transporte a vertedero así como para la disposición de seis zonas de acopio para que minimicen la afección durante la ejecución de las obras. En el Anejo número 19 de «Integración Ambiental», se recogen todas las medidas preventivas y correctoras de impacto ambiental establecidas en el estudio de Impacto Ambiental del Proyecto. Destaca las medidas de conservación y recuperación del fartet (Aphanius Iberus), cuyo valor ecológico da origen a la declaración de la red de drenaje del río Adra como Lugar de Interés Comunitario (LIC «Río Adra») incluido en la Red Natura 2000 bajo la Directiva 91/43 CE. El Proyecto consta de los documentos reglamentarios, con Memoria y Anejos, Planos de Situación, conjunto y detalle para definir las obras, Pliego de Prescripciones Técnicas y Presupuesto. Incluye asimismo, el preceptivo estudio de Seguridad y Salud, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, el Estudio de Impacto Ambiental, así como la relación de bienes y derechos afectados necesarios para la ejecución de las obras. Por ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y para general conocimiento se somete a Información Pública el proyecto por un plazo de veinte días. El proyecto en el que se definen las obras estará a disposición de los interesados en los días y horas hábiles de oficina en la Subdelegación del Gobierno en Almería, Calle Arapiles n.º 19, en el Ayuntamiento de Berja, Plaza de la Constitución n.º 1 y en las oficinas de ACUAMED en Almería, Paseo de Almería, n.º 37., 9.º C.

Las alegaciones que se considere oportuno presentar deberán dirigirse a la Dirección General del Agua, Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n.º, 28071.-Madrid, por cualquiera de los medios que a talefecto determina la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 5 de julio de 2006.-El Subdirector General de Infraestructura y Tecnología, Joaquín del Campo Benito.

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