Comunicación tipos de interés variables aplicables
a créditos y préstamos hipotecarios, con fase de
variabilidad dividida en anualidades naturales, a partir
de 1 de enero del 2003
Concedidos en su día por la antigua Caja de
Pensiones para la Vejez y de Ahorros, luego
fusionada con la Caja de Barcelona, para formar la Caja
de Ahorros y Pensiones de Barcelona, basados en
preferenciales.
En cumplimiento de lo previsto en las
correspondientes escrituras de créditos y préstamos
hipotecarios que incluyan pactos de interés variable cuya
referencia la constituyan la media de los tipos
preferenciales de préstamos a un año, a publicar por
el Banco Central, Banco Español de Crédito, Banco
de Bilbao, Caja de Ahorros y Monte de Piedad
de Madrid, Caja de Ahorros de Cataluña y Caja
de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón
y Rioja; se comunica a todos los interesados que,
de conformidad con lo convenido en tales pactos,
en relación con lo dispuesto en las Circulares 11
y 15 de 1988, del Banco de España, que
determinaron se dejasen de publicar, a partir del mes
de julio del mismo año, los tipos preferenciales de
créditos a un año, y dado que el último promedio
de éstos o tipo de referencia publicado es el 13,75
por 100 anual, que corresponde a 30 de junio de
1988; es éste el tipo de referencia del cual, con
adición del diferencial pertinente, resulta el tipo de
interés nominal anual que La Caja puede aplicar
a partir de 1 de enero de 1989, y, por tanto, en
el 2003, y años sucesivos.
Asimismo, a los interesados y a los deudores
titulares de aquellos créditos y préstamos
hipotecarios con pacto de interés variable cuya referencia
la constituye el promedio de tipos preferenciales
-entendiendo éstos en los términos definidos por
la Circular 8 de 1990, del Banco de España-
publicados por las entidades de referencia siguientes:
Banco Español de Crédito, Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad
de Madrid, Caja de Ahorros de Cataluña y Caja
de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón
y Rioja (hoy denominada IberCaja), se les comunica
que dicho tipo de referencia, calculado a 30 de
septiembre de 2002, es el 6,09 por 100 anual; del
cual, con adición del diferencial correspondiente,
resulta el tipo de interés nominal anual aplicable
para el 2003.
Concedidos en su día por la Caja de Ahorros
y Monte de Piedad de Barcelona, luego fusionada
con la Caja de Pensiones y hoy Caja de Ahorros
y Pensiones de Barcelona, basados en preferenciales.
En cuanto a los créditos y préstamos, tanto
personales como hipotecarios, aún vigentes, en los
cuales conste pactada la variabilidad de los tipos de
interés aplicables en función de la del tipo o
promedio de tipos preferenciales de interés para
operaciones de préstamo a uno o más años, publicados
por la Caja concedente, otra u otras Cajas y/o
Bancos; y dado que la modificación por el Banco de
España de la definición del interés preferencial, a
partir del mes de julio de 1988, en virtud de las
Circulares 11 y 15 del mismo año, del Banco de
España, imposibilitó toda variación de los intereses
aplicables basada en los criterios anteriores, a los
que respondían las cláusulas de los préstamos a
que nos estamos refiriendo: se comunica a sus
deudores, y a todas las personas interesadas en ellos,
que desde la fecha citada no procede ninguna
variación y, por consiguiente, se mantendrán para el
2003 y años sucesivos, los tipos de interés que hasta
el presente han venido siendo aplicados. Concedidos
por una u otra de las Cajas fusionadas, o por la
resultante de la fusión, así como por "Caixabank,
Sociedad Anónima" (hoy "la Caixa"), basados en
el IRMH.
Respecto de los créditos y préstamos hipotecarios
donde el pacto de interés variable toma como tipo
de referencia el constituido por el Índice de
Referencia de Mercado Hipotecario (IRMH),
trimestralmente publicado por la Dirección General del
Tesoro y Política Financiera en el "Boletín Oficial del
Estado" y que, a partir de la Resolución de la misma
de 21 de febrero de 1994, debe calcular el Banco
de España y publicar su Boletín Estadístico, y lo
toma, bien respecto del correspondiente a un
trimestre determinado, publicado en el trimestre
siguiente, bien respecto del último publicado hasta
la fecha en que cabe efectuar el nuevo cálculo y
producir la variación del tipo de interés aplicable;
y aunque debe entenderse que tales tipos de
referencia ya constan acreditados para los deudores y
todos los interesados, y, por tanto, comunicados
a los mismos, por medio del Boletín Estadístico
del Banco de España, que hace las veces de "Boletín
Oficial del Estado" y los publica; al objeto de mejor
cumplir con la obligación informativa de esta
Institución, y a la vez facilitar a los citados deudores
de los créditos y préstamos a que nos estamos
refiriendo, y a todos los interesados en ellos, con plena
exactitud, la comunicación de los tipos de interés
de referencia a partir de los cuales, mediante la
adición del diferencial pertinente, resultan los tipos
de interés nominal anual aplicables durante la
siguiente anualidad, contada a partir de 1 de enero
del 2003, o bien desde la fecha en que la misma
ha de computarse por haberse entrado en la fase,
etapa o fracción temporal de interés variable, por
el presente anuncio se pone en su conocimiento
que el IRMH publicado en el primer trimestre de
2002, lo fue en enero del tipo del 3,750 por 100
anual; que el publicado en el segundo trimestre de
2002, lo fue en abril del tipo del 3,750 por 100
anual; que el publicado en el tercer trimestre de
2002, lo fue en julio del tipo del 4 por 100 anual;
y que el publicado en el cuarto trimestre de 2002,
lo fue en octubre del tipo del 3,750 por 100 anual;
y que, a partir del que corresponda a cada préstamo
según la cláusula de su contrato, mediante la adición
del diferencial pertinente, resulta, como ha quedado
dicho, el tipo de interés nominal anual aplicable
en el nuevo período.
Barcelona, 23 de octubre de 2002.-El
Subdirector general, Sebastián Sastre Papiol.-46.783.
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