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Documento BOE-A-2020-5011

Orden DSA/408/2020, de 8 de mayo, por la que se modifica la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 13 de mayo de 2020, páginas 32905 a 32905 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2020-5011
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/05/08/dsa408

TEXTO ORIGINAL

La Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias, regula la delegación del ejercicio de competencias en los órganos superiores y directivos y en los órganos, organismos y entidades dependientes o adscritos al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Con el fin de lograr una mayor eficacia y celeridad en la tramitación de los procedimientos, así como mejorar la eficiencia del funcionamiento de los servicios, procede modificar la orden mencionada, para añadir una nueva disposición en la que se delega en la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos y de Inspección de Servicios la competencia de la persona titular del Ministerio para la gestión de los gastos del capítulo 1 y la concesión de los anticipos reintegrables.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

Primero. Modificación de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.

En el apartado quinto de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias, se añade un nuevo apartado 4, con la siguiente redacción:

«4. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos y de Inspección de Servicios el ejercicio de la competencia de la aprobación, el compromiso del gasto, el reconocimiento y la propuesta de pago de los gastos del capítulo 1 y de los anticipos reintegrables del personal del Ministerio (capítulo 8), así como la autorización de los documentos contables correspondientes.»

Segundo. Efectos.

La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de mayo de 2020. –El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias Turrión.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/05/2020
  • Fecha de publicación: 13/05/2020
  • Efectos desde el 14 de mayo de 2020.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo. (Ref. BOE-A-2024-5262).
  • Fecha de derogación: 17/03/2024
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 5 de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2020-4781).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

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