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Documento BOE-A-2018-9827

Resolución de 3 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 13 de julio de 2018, páginas 70821 a 70823 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-9827
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/07/03/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la modificación del Convenio colectivo de la empresa Radio ECCA, Fundación Canaria (código de Convenio número 90102952012018), que fue suscrita, con fecha 7 de junio de 2018, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por los representantes legales de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la modificación del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de julio de 2018.–El Director General de Trabajo, P.S. (Real Decreto 703/2017, de 7 de julio), el Subdirector General de Programación y Actuación Administrativa, Juan Manuel Gutiérrez Hurtado.

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA

En la sede de Radio ECCA, Fundación Canaria en Madrid, con conexión por videoconferencia con Vigo, siendo las 14:30 horas del día 7 de junio de 2018, se reúnen, las personas reseñadas en representación de la parte social y la parte empresarial legitimadas para la firma de la presente modificación del Convenio colectivo de empresa, al objeto de constituir la Comisión Negociación para la modificación del Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y de proceder, seguidamente a tratar los puntos reseñados en el orden del día.

ASISTENTES

Por la Dirección de la empresa:

Doña Icíar Egaña Nkara.

Doña Ana Giménez Rodríguez.

Don Juan Carlos Hernández Atta.

Doña Adriana León Arocha.

Asesor: Don Iván Hodar González.

Por la parte Social:

CC.OO.:

Don Alfonso de Celis Navarro.

Don José Luis Escaño Rubio.

FESP-UGT:

Doña Estrella Borrego Molina.

Doña Gema Gallego Escudero.

Doña Patricia Pousa Calero.

Don Samuel Sánchez Cao.

ACUERDAN

La modificación de los artículos 56 y 57 del Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, respecto al devengo de los trienios y su cuantía y cómputo de la antigüedad e inclusión de nueva disposición transitoria, que quedará redactado de la siguiente manera:

«Artículo 56. Trienios.

Por cada trienio vencido el trabajador/a de la empresa tendrá derecho a percibir la cantidad que a tal efecto se indica en la tabla salarial anexa. El importe íntegro de cada trienio se hará efectivo en la nómina del mes de su vencimiento.

En el caso de las personas contratadas previamente a la entrada en vigor del I Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria se estará a lo que disponga la disposición transitoria segunda del presente Convenio colectivo.

Artículo 57. Cómputo de antigüedad.

La fecha inicial del cómputo de antigüedad será la de ingreso del trabajador/a en la Fundación, si bien respecto a los trienios se estará a lo dispuesto en el artículo 56 y en la disposición transitoria segunda del presente Convenio colectivo.»

Nueva disposición transitoria:

«Disposición transitoria segunda.

En el caso de las personas contratadas previamente a la entrada en vigor del I Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, resulta de aplicación lo siguiente:

– Trabajadores/as con complemento de antigüedad anterior conforme al Convenio colectivo que se viniera aplicando a cada uno de ellos:

A partir de la entrada en vigor del I Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, devengarán cada nuevo trienio en función a lo establecido en la tabla salarial anexa vigente en cada momento, que se sumará al resto del complemento de antigüedad que a la fecha de entrada en vigor del nuevo Convenio pudieran tener individualmente generado cada uno de los trabajadores/as, sin que quepa aplicar la cuantía aprobada por este Convenio, a los trienios que ya se estuvieran cobrando.

– Trabajadores/as sin complemento de antigüedad anterior conforme a los Convenios Colectivos que se vinieran aplicando a cada uno de ellos:

A partir de la entrada en vigor del I Convenio colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria comenzarán a devengar el primer trienio en función a lo establecido en la tabla salarial anexa vigente en cada momento, sin que tengan derecho a reconocerles los trienios anteriores a los trabajadores/as que a la entrada en vigor de este Convenio no estuvieran cobrando ninguna cantidad por dicho concepto, es decir, la fecha del primer trienio corresponderá a los tres años desde la fecha de publicación del I Convenio colectivo de Radio ECCA, independientemente de la antigüedad que tenga reconocido cada trabajador/a.»

Se autoriza y delega en amplitud legal precisa, a favor de doña Ana Castaño Buendía, de la organización sindical FESP-UGT, para que en nombre de esta Comisión, pueda presentar el texto, acta y demás documentación, ante la autoridad laboral, al sólo efecto de su presentación telemática, registro y depósito, y publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha indicados ut supra.–El Presidente, Alfonso de Celis Navarro (por CC.OO.).–Estrella Borrego Molina (por FESP-UGT).–Patricia Pousa Calero (por FESP-UGT).–Icíar Nkara Egaña (por Radio ECCA, Fundación Canaria).–Juan Carlos Hernández Atta (por Radio ECCA, Fundación Canaria).–José Luis Escaño Rubio (por CC.OO.).–Gema Gallego Escudero (por FESP-UGT).–Samuel Sánchez Cao (por FESP-UGT).–Ana Giménez Rodríguez (por Radio ECCA, Fundación Canaria).–La Secretaria, Adriana León Arocha (por Radio ECCA, Fundación Canaria).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/07/2018
  • Fecha de publicación: 13/07/2018
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 56 y 57 y AÑADE la disposición transitoria 2 al Convenio publicado Resolución de 16 de febrero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-2812).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas
  • Radiodifusión

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