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Documento BOE-A-2017-8138

Resolución de 29 de junio de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de la ultraactividad del Convenio colectivo de Equipos Nucleares, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 2017, páginas 59911 a 59913 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-8138
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/06/29/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo de prórroga de la ultraactividad hasta el 31 de diciembre de 2017 del Convenio colectivo de la sociedad mercantil estatal Equipos Nucleares, S.A. (ENSA) (código de convenio número 90001952011981), publicado en el «BOE» de 26 de febrero de 2015, acuerdo que fue suscrito con fecha 4 de julio de 2013, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por las secciones sindicales de U.G.T. y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de junio de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ENSA

Asistentes:

Por la Dirección:

Don Rafael Triviño Fernández.

Don Ángel Cosío Gandarillas.

Don Manuel J. Sánchez García.

Don Alfonso Álvarez Miranda.

D. Miguel Ángel Anderez.

Don Javier Mª Simón Adiego.

Doña Elena Díez Martínez.

Doña Laura Rioyo Rumayor.

Por la parte social:

Sección Sindical de UGT:

Don José A. González Sánchez.

Don Raúl Alfonso Sanz Campo.

Don Fernando Saiz Illanes.

Don Juan Rodeño García.

Don Victorino González Díaz.

Don David Garrido Quevedo.

Don Enrique Gómez Poncela.

Sección Sindical de CC.OO.:

Don Luis Ruiz Fernández.

Don Carlos Tazón Abascal.

Don Javier Diego Martínez.

Don Luis Damián Marcano Pérez.

Don Héctor Puebla Ortiz.

Con fecha 14 de octubre de 2016, a las 11:30 horas, se reúne la Dirección y las Secciones Sindicales de ámbito de empresa existentes en Ensa –UGT y CC.OO.–, como partes negociadoras del Convenio Colectivo, reconociéndose plena y recíproca capacidad para suscribir el presente acuerdo y, a tal fin,

MANIFIESTAN:

Primero.

Que con fecha 5 de diciembre de 2014, la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas resolvió autorizar el Convenio Colectivo de Ensa 2013-2014.

Segundo.

Que dicho Convenio Colectivo fue publicado en el «BOE» número 49, de fecha 26 de febrero de 2015.

Tercero.

Que estando próximo el vencimiento de la vigencia de la prórroga de ultractividad del Convenio Colectivo que finaliza el próximo 31 de diciembre de 2016, las partes integrantes de la Comisión Negociadora de dicho Convenio, teniendo en cuenta el momento institucional actual, las dificultades para concluir la negociación de un nuevo convenio colectivo así como al objeto de contribuir a garantizar la paz social en la empresa,

ACUERDAN

I. Prórroga durante el año 2017 de la ultractividad del vigente Convenio Colectivo.

Proceder a la prórroga de la ultractividad del Convenio Colectivo de Ensa 2013-2014, hasta 31 de diciembre de 2017, todo ello bajo el estricto cumplimiento de lo establecido por la normativa presupuestaria y por el ordenamiento jurídico general.

II. Cumplimiento de las exigencias legales.

La validez del presente Acuerdo queda condicionada a la obtención de los informes favorables y las aprobaciones preceptivas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas y del Comité de Dirección de SEPI.

Finalmente, y en el supuesto de que llegado el 31 de diciembre de 2016 se encontrasen aún pendientes de obtención todas o alguna/s de las autorizaciones indicadas en el apartado II de este Acuerdo, Equipos Nucleares, S.A. (Ensa), declara su voluntad de mantener ultractivo el referido convenio colectivo hasta el momento en que se hayan producido las correspondientes resoluciones en materia de autorización.

En prueba de su conformidad con el contenido de este Acuerdo, firman el presente acta en el lugar y fecha al inicio indicados: en representación de la Sección Sindical de UGT, don Raúl Alfonso Sanz Campo, en representación de la Sección Sindical de CC.OO., don Luis Damián Marcano Pérez, y en representación de la Dirección, don Ángel Cosío Gandarillas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/06/2017
  • Fecha de publicación: 12/07/2017
Referencias anteriores
  • PRORROGA la vigencia del Convenio publicado por Resolución de 13 de febrero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-1993).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía nuclear
  • Industrias
  • Instalaciones nucleares
  • Negociación colectiva

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