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Documento BOE-A-2015-13065

Orden ESS/2556/2015, de 5 de noviembre, por la que se resuelve el concurso, convocado por Orden ESS/507/2015, de 17 de marzo, en la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2015, páginas 113829 a 114014 (186 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-13065

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ESS/507/2015, de 17 de marzo (BOE de 25 de marzo), corregida mediante Orden ESS/630/2015, de 7 de abril («BOE» de 14 de abril), se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base octava de la citada Orden, este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Adjudicar los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I que acompaña a la presente Orden a los funcionarios que, asimismo, se especifican.

Segundo.

Declarar desiertos los puestos de trabajo que se detallan en el Anexo II.

Tercero.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Este plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles contados desde el día 18 de enero de 2016, fecha de efectos de la presente Orden.

Con esa misma fecha, 18 de enero de 2016, se entenderá producido, con carácter general y sin perjuicio de las excepciones establecidas legal y reglamentariamente, el cese para todos los participantes destinados en las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social adscritas a este Ministerio que hayan resultado adjudicatarios de algún puesto de trabajo como consecuencia de la resolución de este concurso.

Cuarto.

Aquellos participantes que desde la convocatoria del concurso hasta el 18 de enero de 2016 hayan sido nombrados o sean nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo del subgrupo superior.

Quinto.

Si la Orden comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la fecha de efectos de la presente Orden. No obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado de hijos no será necesario que formalicen la toma de posesión del destino que les corresponda hasta que se haga efectivo el reingreso al servicio activo.

Sexto.

El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el de supresión del puesto de trabajo.

Séptimo.

Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Octavo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992).

Madrid, 5 de noviembre de 2015.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/11/2015
  • Fecha de publicación: 02/12/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Orden ESS/192/2016, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2016-1756).

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