La Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, en su artículo 8, crea en el Ministerio de Justicia una Comisión Asesora de Libertad Religiosa compuesta de forma paritaria y con carácter estable por representantes de la Administración del Estado, de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas o Federaciones de las mismas, en las que, en todo caso, estarán las que tengan arraigo notorio en España, y por personas de reconocida competencia cuyo asesoramiento se considere de interés en las materias relacionadas con la presente Ley.
En desarrollo de la citada Ley Orgánica, el Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, establece en su artículo 4 que la Comisión está constituida por el Presidente, el Vicepresidente, los Vocales y el Secretario.
El nombramiento de los Vocales en concepto de personas de reconocida competencia en el campo de la libertad religiosa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.c) y 11.1) de dicho Real Decreto, se efectuará por Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia.
El cese de los Vocales se producirá, entre otras causas, por renuncia, según establece el artículo 13.1.b), del reiterado Real Decreto.
Habiéndose presentado, con fecha 8 de octubre de 2015, la renuncia don Jaime Rossell Granados como Vocal de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, a propuesta del Ministro de Justicia, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 de octubre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:
El cese, a petición propia, de don Jaime Rossell Granados, como Vocal de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa en concepto de «persona de reconocida competencia», agradeciéndole los servicios prestados.
El nombramiento como Vocal de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa en concepto de «persona de reconocida competencia» a don Ricardo García García.
Madrid, 20 de noviembre de 2015.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.
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