Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-5712

Resolución de 23 de marzo de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publican los valores del coste de la materia prima y del coste base de la materia prima del gas natural para el primer trimestre de 2011, a los efectos del cálculo del complemento de eficiencia y los valores retributivos de las instalaciones de cogeneración y otras en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2011, páginas 33038 a 33039 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-5712
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/03/23/(1)

TEXTO ORIGINAL

Vista la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

Dicha orden modifica, en su Disposición adicional quinta, la fórmula establecida en el artículo 28.1 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, introduciendo para su cálculo una nueva variable denominada «Cn», Coste de la materia prima, calculada de acuerdo con la formulación recogida en el artículo 8 de la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, modificada por la Orden ITC/1506/2010, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, tomando como nulos los valores de los términos PRQ y α, y los valores de aplicación en el trimestre correspondiente para el resto de los términos.

En la disposición final primera de la citada Orden ITC/3519/2009, se modifica el anexo VII del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, relativo a la actualización de tarifas y primas para los subgrupos a.1.1 y a.1.2, equiparando el parámetro IComb, índice de precio de combustible, a una nueva variable denominada «CbmpGN», Coste base de la materia prima del gas natural, obtenida como suma del Coste de la materia prima «Cn» y el término de peaje «TP» definido en la propia orden.

Vistas la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural y la Orden ITC/1506/2010, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, y la Resolución de 25 de junio de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural.

En la citada Orden ITC/1506/2010, de 8 de junio, se recoge el siguiente término:

βSB, proporción en tanto por uno de la cantidad subastada de Gas de Base en relación a la previsión de demanda de Gas de Base asociada a la tarifa de último recurso, cuyo valor es 0,5.

Vista la Resolución de 28 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural, a partir de la cual se obtienen los valores de los siguientes términos, definidos en la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, modificada por la Orden ITC/1506/2010, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural:

Pbn, precio a aplicar a los suministros de producto Gas de Base realizados en el trimestre de referencia = 2,169000 c€/kWh.

An, modificación del precio como consecuencia de revisiones de los peajes = 0,124439 c€/kWh.

Vista la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas para el año 2010 y se actualizan determinados aspectos relativos a la retribución de las actividades reguladas del sector gasista, y en particular su anexo I, del que se extraen los valores relativos a los siguientes términos de peajes:

Tfr

Término fijo del peaje regasificación.

1,7323 cent €/(kWh/día)/mes.

Tvr

Término variable de peaje de regasificación.

0,0103 cent €/kWh.

Trc

Término fijo de reserva de capacidad.

0,9582 cent €/(kWh/día)/mes.

Tf

Término fijo de conducción del peaje de transporte y distribución firme para consumidores no alimentados mediante planta satélite, para el escalón de presión de diseño 2.4.

3,6402 cent €/(kWh/día)/mes.

Tcv

Término variable de conducción del peaje de transporte y distribución firme para consumidores no alimentados mediante planta satélite, para el escalón de presión de diseño 2.4.

0,0990 cent €/kWh.

TGNLv

Término variable del peaje correspondiente al canon de almacenamiento de GNL.

2,8907 cent €/MWh/día.

Vista la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista, de la que se extraen los valores relativos a las mermas siguientes:

mT, merma de transporte: 0,0020.

mR, merma de regasificación: 0,0001.

mD, merma de distribución: 0,0039.

Vistos los valores de las cotizaciones del crudo Brent en el semestre anterior al trimestre de referencia, expresados en $/Bbl y publicados en el «Platts Oilgram Price Report».

Vistos los valores del tipo de cambio $/€ en el trimestre anterior al trimestre de referencia, publicados por el Banco Central Europeo:

Período

Tipo de cambio $/€

oct-10

1,3898

nov-10

1,3661

dic-10

1,3220

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta Secretaría de Estado, en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, resuelve:

Establecer como valor de Cn, Coste de la materia prima, y CbmpGn, Coste base de la materia prima de gas natural, para el cuarto trimestre 2010, los valores siguientes:

Cn = 2,1265 c€/kWh.

CbmpGn = 2,5496 c€/kWh PCS.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, al amparo de lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante Ministro de Industria, Turismo y Comercio en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 23 de marzo de 2011.–El Secretario de Estado de Energía, Fabricio Hernández Pampaloni.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/03/2011
  • Fecha de publicación: 30/03/2011
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
Materias
  • Energía eléctrica
  • Gas
  • Precios
  • Producción de energía
  • Suministro de energía

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid