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Documento BOE-A-1999-4170

Resolución de 20 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), para la culminación del proceso de reforma de la Residencia para Personas Mayores de Llanes.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 1999, páginas 7108 a 7109 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-4170

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias un Convenio de colaboración para la culminación del proceso de reforma de la Residencia para Personas Mayores de Llanes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de enero de 1999.–El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias) y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) para la culminación del proceso de reforma de la Residencia para Personas Mayores de Llanes

En Oviedo, a 4 de septiembre de 1998.

De una parte, el ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende.

Y, de otra parte, el ilustrísimo señor don Antonio Cueto Espinar.

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende, Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, en virtud de nombramiento por Real Decreto 140/1997, de 7 de febrero, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995.

Y el ilustrísimo señor don Antonio Cueto Espinar, Consejero de Servicios Sociales del Principado de Asturias, en virtud de nombramiento por Decreto del Presidente 7/1995, de 17 de julio, y Presidente del Consejo de Administración del organismo autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (en adelante ERA), facultado para suscribir el presente Convenio por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 26 de febrero de 1998.

EXPONEN

I

El IMSERSO es la entidad gestora de la Seguridad Social, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a la que compete la gestión de los servicios complementarios de las prestaciones de la Seguridad Social. Entre sus competencias se encuentra la atención a personas de la tercera edad y la creación y mantenimiento de centros para este colectivo, en donde se le ofrezca la atención permanente y los servicios de carácter personal y social que requiera.

II

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, y reformado por Ley Orgánica 1/1994, de 24 de marzo, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 12.7, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en el desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia de gestión de las prestaciones y servicios sociales del Sistema de Seguridad Social.

III

El Real Decreto 849/1995, de 30 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 161, de 7 de julio), sobre traspaso de funciones y servicios de la Seguridad Social a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en las materias encomendadas al actual Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 4 de mayo de 1995, por el que se concretan las funciones y servicios que deben ser objeto de traspaso a la citada Comunidad. La efectividad del traspaso se produjo a partir del 1 de septiembre de 1995.

En la identificación de los centros y servicios objeto de traspaso, que realiza el Real Decreto citado, se incluye la Residencia para Personas Mayores de Llanes.

IV

Con anterioridad a la fecha de efectividad del traspaso se iniciaron en la Residencia para Personas Mayores de Llanes obras de mejora y remodelación, al objeto de adaptar el centro a la normativa de incendios, la reforma de instalaciones y la realización de cambios de revestimiento, entre otras mejoras, a cargo del IMSERSO, administración que hasta la fecha continúa siendo parte contratante y a cargo de cuyo presupuesto se imputa el pago del precio del contrato para la ejecución de las referidas obras hasta su liquidación.

El ERA, organismo adscrito a la Consejería de Servicios Sociales del Principado de Asturias, y responsable de su gestión tras el traspaso, abriga el proyecto de introducir nuevas adaptaciones y reformas en la Residencia para Personas Mayores de Llanes, mejorando su accesibilidad.

V

Teniendo en cuenta que las obras contratadas en su día por el IMSERSO no han llegado a su término, el ERA considera que sería el momento oportuno para modificar el proyecto y el contrato de las obras en curso y acometer otras, de mayor calado, dirigidas a una más completa adaptación y reforma de la residencia.

El IMSERSO, por su parte, coincide en la conveniencia de abordar la adaptación y la reforma en profundidad de la citada residencia, así como en abonar, en compensación de la obra no entregada en su día, los diversos gastos a los que el instituto no ha tenido que hacer frente.

A tal finalidad, resulta imprescindible, en primer lugar, remover una serie de dificultades de carácter administrativo que deben solventarse a través de la debida coordinación entre el IMSERSO y el Principado de Asturias para, a continuación, sentar las bases de una colaboración sólida de ambas Administraciones en el proyecto.

Corresponde al Consejo de Administración del ERA, tal y como establece el artículo 44.2.c) de la Ley del Principado de Asturias 7/1991, de 5 de abril, de Asistencia y Protección al Anciano, la adopción de los acuerdos de dirección y gestión del organismo o de sus centros que revistan especial relevancia y los que el Director Gerente someta a su consideración.

En este sentido, el Consejo de Administración del ERA, en su reunión de fecha 26 de enero de 1998, aprobó la firma de este Convenio.

Sobre estas bases, ambas partes, reconociéndose legitimidad y capacidad jurídica suficiente y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración necesaria entre el ERA, organismo adscrito a la Consejería de Servicios Sociales del Principado de Asturias y el IMSERSO para culminar el proceso de adaptación y reforma de la Residencia para Personas Mayores de Llanes, mejorando su accesibilidad, adaptándola a las nuevas necesidades derivadas de las características de sus usuarios.

Segunda.

A tal objeto, el ERA se compromete a la redacción y aprobación del correspondiente proyecto de obras. A este fin, el IMSERSO ha facilitado ya al citado organismo un documento técnico, elaborado por la dirección facultativa de las obras realizadas en la residencia hasta el momento. El coste total del proyecto asciende, según el referido documento técnico, a 250.000.000 de pesetas.

Asimismo, el ERA se compromete a la adjudicación y contratación, tanto de las obras como de la dirección facultativa, corriendo a su cargo los costes derivados de las mencionadas contrataciones.

Tercera.

El IMSERSO facilitará la ayuda técnica que le sea requerida para la redacción del proyecto de obras, prestando su colaboración y experiencia.

El IMSERSO contribuirá al objeto del Convenio mediante una aportación económica de 100.000.000 de pesetas, con cargo a los créditos del ejercicio 1998, siendo la aplicación presupuestaria 32.32.7599, «Atención a Personas Mayores», «Otras transferencias de capital».

Cuarta.

El ERA aportará al objeto del Convenio la diferencia entre los 250.000.000 de pesetas, a que asciende el coste total del proyecto de reforma y adaptación de la Residencia para Personas Mayores de Llanes y los 100.000.000 de pesetas con los que contribuye el IMSERSO. El ERA asumirá, asimismo, los gastos de redacción del proyecto, la acometida de obras, el equipamiento y la dotación del centro.

Quinta.

Los sucesivos pagos que, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, realizará el IMSERSO al Principado de Asturias, se harán efectivos tras la presentación de las oportunas certificaciones de obra, debidamente extendidas por la Administración del Principado.

Sexta.

Para la gestión, vigilancia y control de lo pactado, se establece un órgano mixto que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del Convenio de colaboración, sin perjuicio de la competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, y, en su caso, de la competencia del Tribunal Constitucional.

Y en prueba de conformidad con cuanto se expone y acuerda, se firma el presente Convenio, extendido por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.–Por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, el Director general, Héctor Maravall Gómez-Allende.–Por el organismo autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias, el Presidente del Consejo de Administración-Consejero de Servicios Sociales, Antonio Cueto Espinar.

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