En virtud del expediente reglamentario, a propuesta del Ministro de Educación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día catorce de agosto de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se declara de interés social, a tenor de lo establecido en la Ley de quince de julio de mil novecientos cincuenta y cuatro y en Decretos de veinticinco de marzo de mil novecientos cincuenta y cinco y de nueve de agosto de mil novecientos setenta y cuatro, a todos los efectos, excepto el de la expropiación forzosa, y con el presupuesto de ejecución considerado por el Ministerio de Educación, el proyecto de las obras de construcción del Centro docente «San Lorenzo», sito en Puente Tocinos, Murcia, cuya ejecución supondrá la posibilidad de solicitar la clasificación definitiva para ocho unidades escolares de E. G. B., y cuyo expediente ha sido promovido por don Andrés Brugarolas Hernández, en su condición de Presidente de la Cooperativa de Enseñanza San Lorenzo.
Los efectos de este Real Decreto se habrán de entender condicionados a lo establecido en la Ley catorce de mil novecientos setenta, de cuatro de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, y disposiciones que la desarrollen.
Dado en Palma de Mallorca a catorce de agosto de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Educación,
JÓSE MANUEL OTERO NOVAS
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