Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-88308

ELCHE/ELX. Edicto de 12 de febrero de 2026 en procedimiento civil número 691/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2026-88308

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 3, con sede en Elx/Elche

Dirección: CALLE ABOGADOS DE ATOCHA,21, 03200, Elche/Elx

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03200

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966917375

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 691/2025

NIG: 0306547120250000495

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/10/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de acreedores de chv plantillas sl

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en este juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 691/2025 , siendo concursado/s c.h.v. Plantillas, s.l. Con dni nº b53*****8 en el que se ha dictado auto de fecha 28/10/25, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos: 1.- se declara concluido el concurso de acreedores de la mercantil chv plantillas sl y, por ende, el archivo de las actuaciones, pudiendo los acreedores iniciar sus acciones individuales contra la misma. 2. Se ordena el cierre provisional de la hoja abierta a la persona jurídica mencionada en el registro público en el que figura inscrita; y siendo firme la presente resolución, el letrado de la administración de justicia deberá expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de su firmeza, que habrá remitir por medios electrónicos al registro correspondiente. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

Elche/Elx, 12 de febrero de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTÓN

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid