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Documento BOE-J-2026-88307

ELCHE/ELX. Edicto de 12 de febrero de 2026 en procedimiento civil número 1161/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2026-88307

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 3, con sede en Elx/Elche

Dirección: CALLE ABOGADOS DE ATOCHA,21, 03200, Elche/Elx

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03200

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966917375

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1161/2025

NIG: 0306547120250000836

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/02/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de acreedores de la mercantil productos ken sl

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que por auto de fecha 02/02/2026 en el procedimiento con número de autos 1161/25 , se ha declarado en concurso voluntario sin masa al concursado productos ken sl , y dni/cif nº b5*****9 , inscrita en el registro mercantil de alicante, representada por el procurador d./d.ª juan carlos olcina fernandez. Llamamiento a los acreedores :de conformidad con lo establecido en al artículo 37 ter trlc el acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos establecidos en el citado artículo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 quater trlc en el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado. Llamamiento al deudor: en el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho pasivo de la parte deudora: 152.297,59 euros examen de autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Elche/Elx, 12 de febrero de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTÓN

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