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Documento BOE-J-2026-596488

BARCELONA. Edicto de 16 de octubre de 2026 en procedimiento concursal número 562/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 261, de 21 de octubre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2026-596488

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 5

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111 Barcelona

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549465

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 562/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/10/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 5 - (Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Barcelona)

Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075

TEL: 935549465

FAX: 935549565

E-MAIL: mercantil5.barcelona@xij.gencat.cat

Procedimiento: Concurso sin masa 562/2026

Sección: J6N

Sobre: Concurso sin masa

Parte deudora/concursada: JIMMY LEISBER BURGOS PALMA

Procurador/a: Rafael Ros Fernandez

Abogado/a: JOSSUE DOMENICO GIGLIO

EDICTO

Alfredo Villaescusa Garcia , Letrado/a del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil hago saber que:

En el Concurso sin masa 562/2026 J6N se ha dictado un auto de fecha 13 de octubre de 2026 por el que se ha declarado concluso el concurso de JIMMY LEISBER BURGOS PALMA, con DNI 49288311R, y se le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho de los créditos exonerables.

Contra dicha resolución no cabe recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el art. 481 TRLC, respecto de la conclusión del concurso; y cabe recurso de apelación respecto de la decisión de exoneración del pasivo insatisfecho, conforme al criterio mantenido por la Sec. 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona

En Barcelona, a 13 de octubre de 2026.

El/La Letrado/a del Servicio Común de Tramitación de Barcelona.

Puede consultar el estado de su expediente en el área privada de seujudicial.gencat.cat

Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.

Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.

Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.

El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.

En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.

Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Barcelona, 16 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFREDO VILLAESCUSA GARCIA

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