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Documento BOE-J-2026-596487

BARCELONA. Edicto de 16 de octubre de 2026 en procedimiento concursal número 512/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 261, de 21 de octubre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2026-596487

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 4

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111 Barcelona

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549464

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 512/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto de declaración de concurso voluntario. Acreedores presentación créditos AC 1 mes

DESTINATARIOS

Procedimiento: Concurso voluntario 512/2026- C3N. deudora/concursada: Sergio Barragán Castro

Dirigido a los acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 4 - (Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Barcelona). Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil. Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075

TEL: 935549464

Procedimiento: Concurso voluntario 512/2026- C3N

Parte deudora/concursada: Sergio Barragán Castro

EDICTO

Eva Belen Barranco Gimeno, la Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso voluntario 512/2026 -C3N

NIG: 0801947120268005960

Fecha de presentación de la solicitud: 30 de marzo de 2026

Fecha del auto de declaración. .28 de septimebre de 2026

Clase de concurso. Voluntario

Concursada. Sergio Barragán Castro, con DNI 52165957W.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

- ABOGADOS Y ECONOMISTAS TEM, SLP, quien designa al Sr. Ignacio Eguilior Vicente.

Dirección postal: Calle Gregori Maians 3-4, 46005 – València Dirección electrónica: concurso512-26sbc@abogadosyeconomistastem.es

Régimen de las facultades del concursado. intervenidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

En Barcelona, a 9 de octubre de 2026.

La Letrada de la Administración de Justicia

Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.

Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.

Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.

El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.

En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.

Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Barcelona, 16 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EVA BELEN BARRANCO GIMENO

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