Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 4
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111 Barcelona
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549464
Concursal
Número: 512/2026
Auto
Fecha: 28/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Auto de declaración de concurso voluntario. Acreedores presentación créditos AC 1 mes
Procedimiento: Concurso voluntario 512/2026- C3N. deudora/concursada: Sergio Barragán Castro
Dirigido a los acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 4 - (Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Barcelona). Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil. Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075
TEL: 935549464
Procedimiento: Concurso voluntario 512/2026- C3N
Parte deudora/concursada: Sergio Barragán Castro
EDICTO
Eva Belen Barranco Gimeno, la Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso voluntario 512/2026 -C3N
NIG: 0801947120268005960
Fecha de presentación de la solicitud: 30 de marzo de 2026
Fecha del auto de declaración. .28 de septimebre de 2026
Clase de concurso. Voluntario
Concursada. Sergio Barragán Castro, con DNI 52165957W.
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal:
- ABOGADOS Y ECONOMISTAS TEM, SLP, quien designa al Sr. Ignacio Eguilior Vicente.
Dirección postal: Calle Gregori Maians 3-4, 46005 – València Dirección electrónica: concurso512-26sbc@abogadosyeconomistastem.es
Régimen de las facultades del concursado. intervenidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.
Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es
En Barcelona, a 9 de octubre de 2026.
La Letrada de la Administración de Justicia
Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.
Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.
Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.
El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.
En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.
Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Barcelona, 16 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EVA BELEN BARRANCO GIMENO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid