Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Plaza nº 3
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Concursal
Número: 929/2026
Auto
Fecha: 22/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
En el procedimiento concursal N 929/2026 referente al concursado DAVID LÓPEZ ALCAYDE 26269903Q, se ha dictado auto de fecha 21/09/2026 declarando Concurso sin masa.
La mencionada resolución hace un llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo 21.613,51 euros, a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto soliciten, si lo estiman oportuno, el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos enumerados en el artículo 37 ter del TRLC consistentes en:
1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.
2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.
3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.
Se advierte a los acreedores que, de acuerdo con el art. 37 quater .1 del TRLC, la satisfacción de los honorarios del administrador nombrado para realizar el informe mencionado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe
Málaga, 22 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA VALERA TEJEDERA
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