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Documento BOE-J-2026-474433

VALLADOLID. Edicto de 24 de agosto de 2026 en procedimiento concursal número 323/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 214, de 31 de agosto de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2026-474433

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: CALLE NICOLAS SALMERON Nº 5, 1ª PLANTA

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

Correo electrónico: MERCANTIL2.VALLADOLID@JUSTICIA.ES

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 323/2026

NIG: 4718647120260000726

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/08/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este órgano judicial CONCURSO VOLUNTARIO con el Nº 323/2026 y NIG nº 47186 47 1 2026 0000726, se ha dictado en fecha dieciocho de agosto de dos mil veintiséis, AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario sin masa al deudor YANIRETH MARISELA PRIETO SILVA CON NIE Nº Z0984482H persona física, con domicilio en Calle Treviño nº8 de Valladolid, coincidente con el centro de intereses principales y cuyo pasivo asciende a la cantidad de 26.906,19 euros. 2.- Igualmente se ha acordado el llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado. 3.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. 4.- El auto de declaración de concurso, en caso de que el deudor fuera empleador, se notificará a la representación legal de las personas trabajadoras. 5.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

VALLADOLID, 24 de agosto de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GARCIA ALONSO, MARIA INES

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