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Documento BOE-J-2026-474432

VALLADOLID. Edicto de 24 de agosto de 2026 en procedimiento civil número 734/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 214, de 31 de agosto de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2026-474432

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: C/ NICOLAS SALMERON, 5-1º

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

Correo electrónico: MERCANTIL1.VALLADOLID@JUSTICIA.ES

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 734/2025

NIG: 4718647120250001224

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/08/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

En este órgano judicial se tramita CONCURSO ORDINARIO 734 / 2025, seguido a instancias de los concursados D.RODRIGO FUENTES VALVERDE con DNI 09317040Q y Dª.ANA ISABEL SALVIEJO LARA con DNI 12398295F, sobre declaración de concurso conjunto sin masa y con solicitud de la exoneración pasivo insatisfecho en los que, por resolución de fecha 21 de agosto de 2026 se ha acordado: Concluir el presente Concurso de Acreedores seguido ante este Juzgado de lo Mercantil nº1 de Valladolid con el nº734/2.025. Reconocer a D. Rodrigo Fuentes Valverde y a Dª. Ana Isabel Salviejo Lara la exoneración del pasivo insatisfecho, sin plan de pagos, con la extensión y efectos recogidos en los art.489 a 492 ter de la Ley Concursal, en relación con siguientes créditos: .- TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL: 1.336,86 euros. .- LABORAL KUTXA: 134.018,71 euros. Los acreedores titulares de créditos no exonerables, mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial de aquellos.

VALLADOLID, 24 de agosto de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GARCIA ALONSO, MARIA INES

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