Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1
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Concursal
Número: 336/2021
NIG: 1204066120210000367
Auto
Fecha: 28/07/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados y acreedores del procedimiento concursal 336/2021 referente a la deudora Carolina Madueño Flores, con DNI 30812854F.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrada de la Administración de Justicia: Dª.MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU
Conforme a lo previsto en el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal y en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal Concurso abreviado 336/2021 referente a la deudora Carolina Madueño Flores, con DNI 30812854F, sin actividad empresarial, se ha dictado auto de conclusión, cesando respecto de la misma todos los efectos de la declaración del concurso.
Segundo.- En dicha resolución, se acuerda reconocer a la parte concursada el derecho de la exoneración definitiva, salvo aquellos créditos que, por expresa inclusión en los supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC, no pudiera ser exonerado.
En concreto, en el auto se relacionan los siguientes créditos como exonerados:
Acreedor - Importe - Calificación
AEAT - 1.055,01€ - Subordinado
Ayuntamiento de Castellón - 300€ - Ordinario y 1.647,20€ - Subordinado
Alejandro Ribes Sabater - 2.882,69€ - Ordinario
Beatriz García Escudero - 312,09€ - Ordinario
Carlos Cabedo Pare - 465,85€ - Ordinario
Cdad. Prop.Los Arcos de la Quinta - 15.669,22€ - Ordinario
Consorcio Comp. Seguros - 1.837,38€ - Ordinario
Diputación Málaga - 699,97€ - Ordinario
Waverly Invest SL - 60.572,59€ - Ordinario
Elodie Chesneau Costa - 4.973,72€ - Ordinario
Grupo BC - 2.590,81€ - Ordinario
Mater Dei Castellón - 881,12€ - Ordinario
Pedro Luis Torralba Marco - 559,02€ - Ordinario
Roser García Sugrañes - 4.661,56€
Securitas Direct España SAU - 1.93,25€
La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración. Los acreedores cuyos créditos se extingan por razón de la exoneración no podrán ejercer ningún tipo de acción frente el deudor para su cobro, salvo la de solicitar la revocación de la exoneración.
En Castelló de la Plana, a 24 de julio de 2026.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Castelló de la Plana, 30 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU
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