Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 4
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Civil
Número: 461/2026
NIG: 0301447120260001333
Auto
Fecha: 29/06/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de solar works sl con cif b42660662
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la ley concursal, aprobado por real decreto legislativo 1/2020 anuncia: 1.º- que en el procedimiento número 461/2026, nig n.º 0301447120260001333, por auto de 29/06/2026 se ha declarado en concurso voluntario de acreedores al/a la deudor/a: solar works s.l cif: b42660662 domicilio: calle viento, 14 03006 la misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 30.2 del trlc. Así mismo ha declarado disuelta a la concursada y el cese de sus administradores sociales, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal. 2.º- que el/la deudor/a ha sido suspendido/a en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, siendo sustituido/a por la administración concursal 3.º- que la administración concursal está integrada por d. Manuel leonardo herrero cano dirección postal: avenida de alicante 132 2ª elche 03203 dirección electrónica: groupconcursal@gmail.com 4.º- que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal, en la dirección postal o en la dirección electrónica antes indicadas, a su elección, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del trlc. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el boletín oficial del estado. 5.º- que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo representados por procurador y asistidos de letrado (artículo 512 del trlc).
Alicante/Alacant, 14 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid