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Documento BOE-J-2026-422705

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 13 de julio de 2026 en procedimiento civil número 557/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 173, de 17 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2026-422705

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 1

Dirección: CALLE ALONA,26, 03007, Alicante/Alacant

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902685

Correo electrónico: alme01_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 557/2026

NIG: 0301447120260001421

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/07/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de : 1) victor hugo hernandez valdez, 53950593e. 2) rosa asalia calle paillacho, 53950594t.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Letrado de la administración de justicia: d./dª.maria carmen castillo aliaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 ter del texto refundido de la ley concursal, aprobado por real decreto legislativo 1/2020 hago saber: 1.º- - que por auto de fecha 10/07/26 dictado en el procedimiento concurso sin masa 557/2026, nig n.º 0301447120260001421, seguido en este juzgado, se ha declarado en concurso de acreedores sin masa a d. Victor hugo hernandez valdez y d.ª rosa asalia calle paillacho, con nifs números 53950593e y 53950594t y con domicilio en y en calle, mare de deu dels angels, 25, 2 , 03730, jávea/xàbia. 2.º- el pasivo fijado en el auto es de 63.616,35 euros. Se efectúa llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter del trlc (conforme ley 16/2022). 3.º- en el caso de que, dentro del plazo de quince días previsto, ningún legitimado/acreedor hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. 4.º- la comparecencia en el procedimiento, deberá realizarse mediante escrito al efecto dirigido a este juzgado, con representación de procurador/a y asistencia de letrado/a, conforme artículo 512 del trlc, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las administraciones públicas.

Alicante/Alacant, 13 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA MÉNDEZ MUÑOZ

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