Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621447
Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es
Concursal
Número: 313/2020
NIG: 1204066120200000355
Auto
Fecha: 03/07/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 dias
A todos los interesados y acreedores de D. Sergio Morales Morraja con DNI 19009462P y Dª Inmaculada Concepcion Brun Rocher con DNI 20247511J
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
D. VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN, Letrado de la Admistración Justicia del Juzgado de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castellón de la Plana, plaza nº1por el presente,
HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN ABREVIADA 313/2020, seguido en este Órgano Judicial, de D. SERGIO MORALES MORRAJA y Dª INMACULADA CONCEPCIÓN BRUN ROCHER, con DNI nº 19009462P y 20247511J, respectivamente se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 6 de julio de 2026, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de acreedores consecutivo de carácter voluntario a Don Sergio Morales Morraja y Doña Inmaculada Concepción Brun Rocheren y el ARCHIVO de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia. En particular, se acuerda el CESE de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.Que declaro APROBADAS LAS CUENTAS rendidas por la administración concursal.Que acuerdo el CESE DEL ADMINISTRADOR CONCURSALQue acuerdo la exoneración de los siguientes de los créditos insatisfechos por Don Sergio Morales Morraja y Doña Inmaculada Concepción Brun Rocheren sin más pronunciamientos:
-ASFER, ASESORIA FERNANDO RAMON: 661,00€
-AYUNTAMIENTO DE ALMAZORA: 449,48€
-BBVA, SA: 64.454,81€
-PROMONTORIA BOREAL DAC (deuda cedida de CAJAMAR): 7.088,92€
-NPL CESION SL (deuda cedida Cajamar): 100,64€
-CASHPER (NOVUM BANK LTD): 529,48€
-CURENERGIA: 33,98€
-DE LLEI ABOGADOS CHESA-GASCO, SCP: 1.033,34€
-DEUTSCHE BANK, SA: 16.255,48€
-PROMONTORIA POSEIDON DAC (deuda cedida Deutsche Bank): 1.112,69€
-ENDESA ENERGIA SA: 63,73€
-EVOLUTIA ACTIVOS SL: 155,00€
-EOS SPAIN SL: 3.008,27€
-PROMONTORIA BOREAL (deuda cedida de INTRUM y HOIST FINANCE SPAIN, SL): 6.432,89€
-IBERDROLA CLIENTES SAU: 1.087,90€
-JAZZ TELECOM, SAU: 427,88€
-KREDITECH SPAIN SL: 922,32€
-FAR INVESTMENT NO 2 DAC: 244,02€
-MEDIUS COLLECTION SL: 951,51€
-NEXUS ENERGIA SA: 631,99
-TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL: 6.447,57€
-VIACONTO MINICREDIT SL: 269,01€
-XFERA MOVILES SA: 156,12€
No procede la exoneración del crédito titularidad del acreedor Comunidad de propietarios en cuanto los concursados conservan la propiedad del inmueble que ha generado dichos créditos
El pasivo no satisfecho exonerado se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC.Los acreedores cuyos créditos se extingan por razón de la exoneración no podrán ejercer ningún tipo de acción frente el deudor para su cobro, salvo la de solicitar la revocación de la exoneración.Los acreedores por créditos no exonerables mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial de aquello.
La exoneración, supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración, pero no afectará a los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores, avalistas, aseguradores, hipotecante no deudor o quienes, por disposición legal o contractual, tengan obligación de satisfacer todo o parte de la deuda exonerada, quienes no podrán invocar la exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el deudor.
Y, a efectos de lo dispuesto en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, expido el presente en Castelló de la Plana, a 16 de abril de 2025.
En Castellón a seis de julio de dos mil veintiseis.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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Castelló de la Plana, 9 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid